El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la Comisión Nacional de Justicia Partidaria (CNJP) del Partido Revolucionario Institucional (PRI) resolver el procedimiento sancionador de expulsión iniciado en contra de José Murat en un plazo de cinco días hábiles.
En la primera sesión del año en la Sala Superior del TEPJF, el magistrado Pedro Esteban Penagos subrayó en su proyecto de sentencia que si bien la normatividad del PRI no establece plazos específicos para resolver dichos procedimientos, "no significa que dejen de resolverse, sino hacerlo en plazos razonables".
En la sentencia, apoyada por los magistrados José Alejandro Luna, Salvador Nava y María del Carmen Alanis, presidenta de este organismo, se otorgó a la CNJP del PRI un plazo de cinco días hábiles, contados a partir de la celebración de la audiencia de pruebas y alegatos que tendrá lugar el próximo 7 de enero, para emitir y aprobar el dictamen correspondiente que resuelva el procedimiento disciplinario respectivo.
Los magistrados confirmaron también la resolución del consejo general del Instituto Federal Electoral, que declaró infundado el procedimiento especial sancionador contra Fidel Herrera y del PRI, por expresiones que supuestamente denigraron y calumniaron a César Nava, entonces dirigente panista.
El IFE había determinó que ni Herrera Beltrán era candidato a ningún cargo electivo, ni sus expresiones llamaron a votar a favor o en contra de algún contendiente, por lo que no podían considerarse como propaganda electoral.
En su recurso ante esta Sala Superior, el PAN no combatió dichos argumentos ni aportó elementos que demostraran que las expresiones de Fidel Herrera formaran parte de una estrategia electoral para favorecer al PRI o mermar la campaña panista
En otro asunto, se declaró infundada la queja presentada por el senador Carlos Sotelo y Penélope Vargas, contra la Comisión Nacional de Garantías (CNG) del Partido de la Revolución Democrática (PRD), por la supuesta omisión de no incluir en el orden del día del VII Consejo Nacional perredista, lo relativo al análisis, discusión y aprobación de la convocatoria para elegir al presidente nacional del dicho instituto político.
En el proyecto de sentencia, a cargo del magistrado Nava Gomar, se establece que los estatutos del PRD prevén un plazo de hasta 180 días para que la CNG se pronuncie sobre dichos procedimientos y la queja se presentó el pasado 20 de septiembre, desestimándose los agravios aducidos.
Además, se confirmó la resolución del IFE mediante la cual, entre otras cuestiones, impuso una multa a los partidos PRD, PAN, Nueva Alianza y Convergencia, integrantes de la coalición "Compromiso por Puebla", por la difusión de diversos promocionales en radio y televisión con la intención de posicionarse ante el electorado y que contienen elementos denigrantes y calumniosos contra Javier López Zavala.