El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) absolvió de manera definitiva a Andrés Manuel López Obrador y Josefina Vázquez Mota de la realización de actos anticipados de campaña.
En el caso del abanderado de la coalición Movimiento Progresista, el TEPJF revocó la amonestación que le impuso el Consejo General del Instituto Federal Electoral.
Mientras, en caso de la aspirante del Partido Acción Nacional (PAN) confirmó la resolución del instituto, que declaró infundadas las acusaciones contra Vázquez Mota.
En su sesión de ayer miércoles, los magistrados decidieron desechar la queja del PAN contra López Obrador que enfrentó la oposición de la magistrada María del Carmen Alanís Figueroa, quien insistió que el político tabasqueño violó la ley.
El origen de la controversia fue el acto realizado por el candidato del Movimiento Progresista en la explanada del IFE el 22 de marzo, cuando acudió a registrar su candidatura y después se dirigió a los más de mil asistentes que lo acompañaron a su trámite protocolario.