La Corte admitió el recurso de revisión interpuesto por el SAE contra el amparo que se otorgó al SME, en el que se determinó que la CFE debería ser considerada como patrón sustituto.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó admitir a trámite el recurso de reclamación 530/2012 interpuesto por el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE), como tercero perjudicado, como liquidador de Luz y Fuerza del Centro.
La Corte admitió el recurso de revisión interpuesto por el SAE contra el amparo que se otorgó al Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), en el que se determinó que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) debería ser considerada como patrón sustituto.
Bajo la ponencia de la ministra Olga Sánchez Cordero, la Primera Sala del alto tribunal confirmó el acuerdo mediante el cual el presidente de la SCJN, Juan Silva Meza, admitió a trámite el recurso de revisión interpuesto por el tercero perjudicado.
La revisión del amparo lo interpuso el referido organismo descentralizado de la administración pública en su carácter de tercero perjudicadO, con reserva del estudio que se haga del caso.