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Ahorre una parte de sus utilidades

EN UN PLAZO NO MAYOR A 60 DÍAS SE REALIZARÁ LA ENTREGA DE UTILIDADES

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Pagar la prima de su contrato como de gastos médicos, de vida, auto, inclusive asegurar su hogar, ésta sería una buena inversión de su PTU. — MARCO CARRERA, vocero de la Condusef.

Alejandro Olvera labora en una empresa privada desde hace 20 años y en este mes, recibirá el dinero por el reparto de utilidades.

Este año será un año diferente para Alejandro, ya que sí quiere hacer buen uso de sus recursos e invertirlo en instrumentos que le generen buenos rendimientos.

Enrique Arias, director de Evaluación de Productos de Seguros, Fianzas y Ahorro de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), explicó que el reparto de utilidades es un derecho con el que cuenta el trabajador en el que obtendrá una parte proporcional de las ganancias que generó una empresa durante un año fiscal.

"Todos aquellos trabajadores que cotizan ante el IMSS tienen derecho de exigir esta prestación, siempre y cuando la empresa donde laboran genere ganancias".

Explicó que el pago de utilidades se realizará en un periodo no mayor a 60 días a partir de que la empresa o patrón haya presentado la declaración de impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Gustavo Hernández Vela, procurador general de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), reiteró el reparto de utilidades "es un derecho irrenunciable a favor del trabajador" y una gratificación por su esfuerzo. Enrique Arias también, mencionó que "los plazos para efectuar el pago serán entre el 1° y 31 de mayo para personas morales y del 1° de mayo al 29 de junio cuando el patrón sea una persona física, incluyendo en este rubro a las pequeñas empresas.

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) recordó que no todos los empleados son candidatos para recibir esta prestación, sino sólo quienes trabajaron en una empresa privada mínimo durante 60 días hábiles sin contar horas extras.

Martha López Santibáñez, investigadora del área de empresariales de la Universidad Panamericana (UP), mencionó que la Ley trata de hacer justicia, por lo que el personal con un rango más alto en el escalafón no recibe esta remuneración.

Tampoco tendrán derecho de recibir el reparto los profesionistas independientes, técnicos, personas de apoyo doméstico y todos aquellos colaboradores que trabajen por honorarios sin que exista una relación de trabajo subordinado.

Los empleados tendrán un año como plazo para el cobro de las utilidades a partir del día siguiente en que se generó la obligación. Los montos dependerán de los resultados financieros de la empresa, el cálculo se conforma por los días laborados y la otra mitad de acuerdo al salario mensual percibido.

Las incapacidades temporales por riesgo de trabajo, periodos pre y post natales, descansos semanales, vacaciones, días festivos y permisos con goce de sueldo son considerados como días laborados.

Los especialistas en el ramo fiscal recordaron que no todas las empresas están acreditadas para entregar esta prestación a sus trabajadores, por ejemplo, las de nueva creación durante el primer año de funcionamiento no estarán obligadas a pagar la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU). Y si además se dedican a la elaboración de un producto nuevo, quedan fuera durante los 2 primeros años de funcionamiento. Para Martha López Santibáñez, muchos mexicanos no hacen un buen uso de su dinero.

Lo ideal es que el capital se destine en las metas a largo plazo o en su caso invertirlo en su fondo de emergencia.

"En el país falta cultura de la prevención, por ello, los mexicanos terminan endeudándose de más al enfrentar cualquier eventualidad", agregó. Los especialistas recomendaron que los recursos, producto de las utilidades, "se destinen a algún instrumento de ahorro que le genere rendimientos".

Enrique Arias reiteró que hay que sacarle un mayor provecho a ese dinero que se paga una vez al año.

Compre un seguro

Los recursos que recibirá por concepto de reparto de utilidades se pueden destinar a la compra de un seguro o al ahorro voluntario.

Verónica Porte Petit, directora Operativa de Educación Financiera Banamex, dijo que esta época del año es una oportunidad para capitalizar ese recurso, por lo tanto, en la medida que haga el mejor uso de esta utilidad, tendrá mayores beneficios.

Marco Carrera, director de Estudios de Mercado de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), mencionó que podrá destinar el capital para realizar aportaciones voluntarias a su cuenta de retiro.

Esta acción se convertirá en una de las mejores alternativas con la que obtendrá una alta rentabilidad a largo y mediano plazo. La directiva de Banamex recordó que el primer paso para mantener unas finanzas personales sanas, aunado al consumo responsable es "el ahorro", por ello, al recibir este recurso es importante ahorrar.

Martha López Santibáñez, investigadora del área de empresariales de la Universidad Panamericana (UP), dijo que a las personas les sigue dando miedo utilizar los instrumentos bancarios". Por ello, guardar el dinero debajo del colchón no será una manera eficiente de generar un ahorro significativo, tampoco sería bueno resguardarlo en una alcancía.

Porte Petit mencionó que tendrá que darse un tiempo para analizar su situación financiera y considerar la inversión de una manera integral, para que le genere mayor beneficio a través del tiempo ya que los rendimientos son altos y eso a largo plazo le brindará una mayor estabilidad económica "intente tomar riesgos con su futuro coloque un poco de su dinero en alguna casa de bolsa", recomendó.

Marco Carrera, vocero de la Condusef, agregó que nunca es tarde para adquirir un seguro, "con un poco de inversión podrá pagar la prima de su contrato como de gastos médicos, de vida, auto, inclusive asegurar su hogar, esta sería una buena inversión de su PTU.

No lo olvide

Lo que marca la Ley sobre utilidades:

⇒ Las utilidades varían dependiendo de la antigüedad, el salario de cada trabajador y el número de días que se laboraron en el año.

⇒ El Artículo 131 de la Ley Federal del Trabajo establece el derecho de los trabajadores de participar en las ganancias, pero no tienen la facultad de intervenir en la administración de las empresas.

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Escrito en: CONDUSEF Utilidades ahorro

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