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Amplían derechos de las víctimas

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AGENCIA REFORMA

La Suprema Corte de Justicia establecerá que las víctimas civiles de delitos cometidos por militares, o sus familiares, tienen derecho a promover amparos para que los juicios contra los responsables salgan del fuero de guerra y sean enviados a tribunales ordinarios.

Siete ministros del Pleno de la Corte ya expresaron, en las sesiones del martes y de ayer jueves, que sí es procedente estudiar el amparo promovido por José Rubio Villegas, cuyo hermano Bonfilio, fue asesinado en 2009 en un retén militar en Guerrero.

El proceso penal contra Valentín Alejo Hilario, el soldado acusado de homicidio imprudencial en este caso, se desahoga ante un juez castrense, pero ante el amparo promovido por Rubio Villegas, un juez federal declaró inconstitucional el artículo 57 del Código de Justicia Militar, que extiende el fuero de guerra a todos los delitos cometidos por militares en activo.

Esa sentencia es la que está a revisión en la Corte, que en 2009, había sostenido por mayoría de 6 votos que los familiares de víctimas de militares no tenían legitimación legal para cuestionar por medio de un amparo el fuero en el que se juzga a los responsables.

En este nuevo debate, sólo los ministros Guillermo Ortiz, Salvador Aguirre y Margarita Luna se han pronunciado en contra de reconocer esta legitimación a cualquier familiar de las víctimas.

"Considero que existe legitimación para la víctima para interponer el amparo cuando considere que el proceso no se lleva ante un juez competente y, cuando la víctima no pueda hacerlo por circunstancias como haber muerto o estar desaparecido, es casi de sentido común que sus representantes naturales, como son sus familiares, se les reconozca legitimación para promover el juicio de amparo", afirmó Luis María Aguilar.

"Como el proceso es el campo en que las víctimas podrán hacer valer los derechos que la Constitución les reconoce, sí es correcto reconocer la legitimación de las víctimas o sus familiares para interponer el amparo", agregó Jorge Pardo.

Olga Sánchez Cordero, autora del proyecto de sentencia, recordó las reformas de 2000 y 2008 al artículo 20 de la Constitución, que han ampliado los derechos de las víctimas hasta reconocerlas como partes en los juicios penales, mientras que Aguilar lamentó las constantes frustraciones que sufren los ofendidos en un delito por el escaso apoyo que reciben de las autoridades, como si fueran espectadores inactivos e impotentes.

"(Reconocer el derecho de los familiares de víctimas) no es sólo una obligación constitucional e internacional del Estado Mexicano", afirmó Arturo Zaldívar, "sino que es una obligación ética del Estado Mexicano".

El próximo lunes, el pleno de la Corte votará este tema y el resto del proyecto de Sánchez Cordero, que propone confirmar la inconstitucionalidad del artículo 57 del Código Militar y enviar el juicio contra Alejo Hilario a la justicia ordinaria.

2 Reformas se hicieron al Artículo 20 de la Constitución en 2000-08.

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