Aumento. Las impugnaciones para esta elección crecieron 43% respecto a 2006.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó anular la votación de los comicios presidenciales recibida en 524 casillas, equivalentes a 0.4% del total de mesas receptoras instaladas el pasado 1 de julio (143 mil 130).
El Tribunal llegó a esta conclusión como resultado del análisis de 349 impugnaciones presentadas por la coalición Movimiento Progresista o alguno de los partidos que la integran (PRD, PT y Movimiento Ciudadano) contra los resultados de los cómputos distritales de la elección presidencial.
En total, la coalición había impugnado la validez de los sufragios emitidos en 82 mil 493 casillas.
Para medir la dimensión de la resolución del Tribunal, la magistrada María del Carmen Alanís utilizó la siguiente figura: "Se anularon cuatro de cada mil casillas".
Luego de haber depurado los cómputos distritales, el organismo electoral sólo tiene pendiente la difusión del cómputo final y la calificación de la elección presidencial.
"El Tribunal asume la relevancia de su cargo constitucional, actúa con celeridad y prontitud para garantizar a la ciudadanía certeza en los resultados electorales, lo cual se traducirá en concordia y tranquilidad sociales; así como en fortaleza para nuestras instituciones", aseguró el magistrado Alejandro Luna Ramos.
Agregó que los magistrados actuarán de manera "transparente y responsable" en el trayecto que falta con recorrer antes de concluir formalmente con el proceso de calificación de los comicios presidenciales.
Según Luna Ramos, las impugnaciones para esta elección crecieron 43% respecto a 2006.
El Tribunal realizó diversas diligencias para comprobar si procedía la nulidad de votación recibida en las 82 mil 493 casillas impugnadas. Para llegar a esta conclusión debió analizar si en alguna de ellas se configuraban las causales previstas en la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
Algunas de las causales para declarar la nulidad de la votación recibida en casillas son: que la votación haya sido recibida por personas distintas a las registradas como funcionarios de casilla; haber privado el dolo o error en el cómputo de votos siempre y cuando los resultados sean determinantes para la elección; permitir que ciudadanos sin credencial de elector o no incluidos en la lista nominal sufragaran, entre otras.
Luego de este análisis sólo concluyó anular 524 casillas.
El magistrado Manuel González Oropeza aseguró que verificar la legalidad en la emisión de un voto es lo más importante de una elección: "No fuimos superficiales en la revisión de estas irregularidades", concluyó.
El magistrado Pedro Esteban Penagos agregó que la democracia es un sistema de reglas y principios que tiene como piedra angular la libre participación de los ciudadanos a través del sufragio libre universal secreto y directo.
"El voto de los ciudadanos contribuye a la legitimación de quienes integran órganos públicos de representación política", concluyó.
La magistrada María del Carmen Alanís aseguró que en el desarrollo del trabajo del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación no hubo "un ápice de cansancio".
Los magistrados señalaron que con esta resolución se "depura" la votación de una elección, donde no hay causales para sustentar la nulidad de la votación en su conjunto.