Nacional Violencia Guanajuato Tren Interoceánico fernandez noroña Cuba Suprema Corte

Aprueban penas de 60 años por feminicidios

La Cámara de Senadores aprobó diversas reformas para que el feminicidio sea considerado delito grave y se pueda castigar hasta con 60 años de cárcel. (Archivo)

La Cámara de Senadores aprobó diversas reformas para que el feminicidio sea considerado delito grave y se pueda castigar hasta con 60 años de cárcel. (Archivo)

Notimex

El Senado de la República aprobó con 74 votos favor y una abstención sancionar el feminicidio con penas de 40 a 60 años de prisión para combatir “los crímenes de odio contra mujeres”, y con ello se impondrán de ocho a 20 años de cárcel a quien cometa el delito de violación sexual.

Además, las reformas sancionan con penas de ocho a 30 años de prisión a quienes cometan el ilícito de violación por equiparación, que tiene actualmente se castiga con ocho a 14 años de reclusión.

También se tipifica como nuevo delito la inseminación no consentida, que alcanzará sanciones de cuatro a siete años de cárcel, y se establece una mayor penalidad a quien lo cometa, para alcanzar de cinco a 14 años de prisión.

Igual manera, los cambios legales precisan que se castigarán los homicidios en razón del parentesco o relación con sanciones que van de 30 a 60 años de cárcel, y actualmente es de 10 a 40 años.

Al hablar a favor del dictamen, la senadora panista María Serrano indicó que también se sanciona con hasta tres años de prisión a quien cometa discriminación por razones de género, color de piel, lengua, estado civil, preferencias sexuales, o nacionalidad, entre otros motivos.

Además, se establece la reparación del daño de manera integral y proporcional a la afectación causada, extendiéndose no sólo al daño patrimonial sino extra patrimonial, y se agrava la pena para el Ministerio Público que no solicita esa reparación.

La legisladora del Partido Acción Nacional (PAN) sostuvo que comete feminicidio quien prive de la vida a una mujer por cuestiones de género, cuando la víctima presente signos de violencia sexual, se le hayan infligido lesiones degradantes o haya antecedentes de violencia en el ámbito familiar.

También cuando haya existido “entre el activo y la víctima” una relación sentimental, afectiva o de confianza, que haya habido amenazas, acoso o lesiones del sujeto activo contra la víctima, o que su cuerpo sea expuesto o exhibido en un lugar público.

Según el dictamen, que se devolvió con cambios a la Cámara de Diputados, los delitos contra menores de edad prescribirán penalmente a partir del día en que la víctima cumpla la mayoría de edad y se sanciona la esterilidad provocada con penas de cuatro a siete años de prisión.

Los cambios legales tipifican además como delito el “abuso en medio laboral”, que será castigado con sanciones de tres a ocho años de prisión cuando se obligue a alguien a renunciar a su empleo para evitar responder a acusaciones de acoso, hostigamiento o para ocultar violaciones a la Ley Federal del Trabajo.

De igual manera, establece como conducta delictiva el delito de esterilidad provocada, con penas de cuatro a siete años de cárcel, cuando sin el consentimiento de una persona se practiquen en ella procedimientos quirúrgicos, químicos o de cualquier otra índole para hacerla estéril.

Leer más de Nacional

Escrito en: femicidios

Comentar esta noticia -

Noticias relacionadas

Siglo Plus

+ Más leídas de Nacional

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas

Videos más vistos semana

La Cámara de Senadores aprobó diversas reformas para que el feminicidio sea considerado delito grave y se pueda castigar hasta con 60 años de cárcel. (Archivo)

Clasificados

ID: 731492

elsiglo.mx