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Avala TEPJF conteo rápido para 1 de julio

Democracia. Avalan el contro rápido de votos al terminar las elecciones.

Democracia. Avalan el contro rápido de votos al terminar las elecciones.

AGENCIAS

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), validó la realización de una encuesta nacional o conteo rápido para conocer la tendencia de los resultados de la elección de presidente de la República.

Lo anterior en respuesta a una impugnación presentada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD). Este partido argumentó que la decisión del Instituto Federal Electoral (IFE) de no incluir la totalidad de las casillas como parte de la muestra del conteo rápido afectaría la certeza al proceso de votación.

El magistrado Pedro Penagos recordó que el artículo 119 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) otorga al presidente del IFE la facultad de ordenar la realización de encuestas nacionales basadas en actas de escrutinio y cómputo para conocer la tendencia mencionada.

Recordó que el TEPJF revocó el conteo rápido (la madrugada del 5 de mayo) por considerar que el procedimiento muestral aprobado originalmente ocasionaba incertidumbre.

Sin embargo, acotó, al avalar un nuevo proyecto al respecto, el instituto subsanó la deficiencia y definió una muestra que incluye 7 mil 597 casillas urbanas y rurales, representativas de los 300 distritos electorales.

Incluso, agregó, para los casos de Baja California y Sonora (cuyo horario es distinto al del resto del país), el IFE incluyó una "sobremuestra".

"Al tratarse de la elección de Presidente es importante que los electores cuenten con información cierta, confiable, respecto del posible triunfador en la elección, sobre todo información oportuna", agregó la magistrada María del Carmen Alanís.

Alejandro Luna Ramos, presidente del TEPJF agregó que la realización de una encuesta nacional o conteo rápido contribuye a los principios de certeza y objetividad que deben imperar en el proceso electoral, porque estará basada en un soporte documental "determinante".

 VALIDAN PROMOCIONALES DEL PAN Y LE REVOCA MULTA El canon de veracidad no opera en el debate político, resolvió el pleno del máximo tribunal electoral al validar los promocionales del PAN contra el PRI que, "aun cuando constituyen propaganda negra no deseable", están protegidos por la libertad de expresión.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la multa de 623 mil 300 pesos impuesta por el Consejo General del IFE al PAN por la difusión en radio y televisión del promocional identificado con el nombre "La verdad no divide".

Por esa razón desechó la apelación del Partido Revolucionario Institucional (PRI) que impugnaba la resolución del IFE de no sancionar al PAN por el promocional denominado "La verdad sobre la violencia", con lo cual Acción Nacional obtuvo una victoria completa en los casos sobre este tema resueltos por el TEPJF.

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