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Dan apoyo para matrimonio civil

RECURSOS PROVIENEN DE AFORES

Prestación. Los trabajadores tienen derecho a recibir un apoyo por gastos de matrimonio, el dinero saldrá de su Afore.

Prestación. Los trabajadores tienen derecho a recibir un apoyo por gastos de matrimonio, el dinero saldrá de su Afore.

CRISTAL BARRIENTOS

Los asegurados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), tienen derecho a un apoyo por gastos de matrimonio civil que es financiado con recursos de la cuenta individual de la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore).

La oficina de Prestaciones Económicas del Instituto Mexicano del Seguro Social en Coahuila informó que la cantidad a pagar por esta ayuda es equivalente a 30 días del salario mínimo general vigente en el Distrito Federal a la fecha en que se realiza la unión civil.

Es fundamental considerar que los recursos se toman de la Afore del asegurado, por lo cual se sugiere analizar detenidamente la posibilidad de realizar este trámite.

Los requisitos para acceder a esta ayuda son tener acreditadas como mínimo 150 semanas cotizadas en el IMSS en el seguro de retiro, cesantía y vejez; cuando se celebre el matrimonio por segunda ocasión se debe comprobar la muerte del(a) cónyuge anterior o el acta de divorcio y no haber sido registrado(a) con anterioridad en el Instituto, con la calidad de cónyuge en ambos casos.

Otro punto importantes es no haber ejercido este derecho con anterioridad ya que se proporciona una sola vez, así como estar vigente como asegurado o estar dentro de los 90 días de la conservación de derechos a partir de la baja.

La solicitud de esta prestación se extiende en los módulos de Prestaciones Económicas de la unidad de medicina familiar que corresponda. El horario de atención es de las 08:00 a las 15:00 horas de lunes a viernes.

Los documentos que deben acompañar la solicitud de ayuda para gastos de matrimonio son; identificación oficial con fotografía y firma, copia certificada del acta de matrimonio y copia fotostática para cotejo.

Se pide un documento que contenga el número de seguridad social del asegurado (este documento no es necesario cuando presente la Credencial ADIMSS), y comprobante de su Afore.

Se recomienda presentar la documentación completa y correcta (sin borraduras, tachaduras o enmendaduras), de lo contrario no se podrá realizar el trámite.

Para el cobro, el asegurado deberá presentarse en la Afore que corresponda con la resolución de ayuda para gastos de matrimonio, la cual será entregada por el IMSS, con una vigencia de 60 días naturales y una identificación oficial con fotografía (credencial para votar, pasaporte o cédula profesional).

La ayuda para Gastos de Matrimonio no tiene prescripción, siempre y cuando el matrimonio civil se haya celebrado a partir del 1 de julio de 1997.

150 SEMANAS cotizadas deben tener los trabajadores para tener el apoyo

Recomiendan analizar el trámite

De acuerdo con el IMSS:

⇒ El beneficio se contempla en el articulo 165 de la Ley del Seguro Social.

⇒ Es fundamental considerar que los recursos se toman de la Afore del asegurado, por lo cual se sugiere analizar detenidamente la posibilidad de realizar este trámite.

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