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Debe esperar Cruz Azul para el cambio

Según lo estipulado en el Artículo 26 del mismo Reglamento, actualizado el 25 de enero de 2010, el equipo cementero lo infringe con su nombre. (Jam Media)

Según lo estipulado en el Artículo 26 del mismo Reglamento, actualizado el 25 de enero de 2010, el equipo cementero lo infringe con su nombre. (Jam Media)

El Universal

La directiva del Cruz Azul deberá esperar hasta que concluya el Clausura 2012 para notificar a la Federación Mexicana de Futbol su cambio de razón social.

En el nuevo sitio de internet del club (www.cruzazulfc.com) ya se anuncia que, ahora, el nombre de La Máquina es Cruz Azul Futbol Club, AC, aunque, para la FMF, la institución todavía se llama Club Deportivo, Social y Cultural Cruz Azul, AC. La modificación vendrá en el verano.

"Hasta el momento, continúa siendo el mismo titular en el certificado de afiliación", informa Enrique Bonilla, director general deportivo del organismo que rige el balompié nacional.

El cambio se hará oficial hasta el comienzo del Apertura 2012 porque así lo exige el Reglamento de Afiliación, Nombre y Sede, cuyo Artículo 27 indica que "el club que desee cambiar de nombre deportivo, deberá presentar su solicitud al Comité Ejecutivo, a través del representante de la División correspondiente, con 30 días de anticipación al inicio de la siguiente temporada, entendiendo por temporada los dos torneos que la integran".

Todavía no se anuncia la fecha exacta en la que arrancará el segundo certamen de este año, pero se puede calcular que los altos mandos celestes tendrán hasta finales de junio para hacer su solicitud.

"Cualquier sustitución en el certificado de afiliación tiene que ser aprobada por la Federación Mexicana de Futbol", recuerda Bonilla.

Y eximirla de cualquier problema legal que conlleve la modificación, como se explica en el tercer punto del Artículo 27: "La solicitud de cambio de nombre deberá acompañar una carta responsiva mediante la cual el club deja a salvo a la Federación de cualquier controversia jurídica que se suscite en virtud de la utilización y registro de signos distintivos y nombres deportivos que ya hayan sido registrados y/o utilizados por otros con anterioridad".

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