Los asegurados o los beneficiarios de éstos, a los que les afecte algún acto definitivo del Instituto Mexicano del Seguro Social, entre ellos, las negativas de otorgamiento de pensión, ya sea de cesantía en edad avanzada, vejez, invalidez, viudez, orfandad o por ascendencia podrán interponer el Recurso de Inconformidad previsto en el artículo 294 de la Ley del Seguro Social, dentro del término de quince días siguientes a la fecha en que surta efectos la notificación de la citada resolución.
El Recurso de Inconformidad será interpuesto ante el H. Consejo Consultivo Delegacional del Instituto Mexicano del Seguro Social, quien resolverá en citado recurso en un plazo no mayor de tres meses.
En el caso de que el citado recurso no sea resuelto dentro del término de tres meses, al cual están obligadas todas las autoridades administrativas, el afectado podrá solicitar el amparo y protección de la justicia federal por omisión en el dictado de la resolución correspondiente, ya que dicha omisión se traduce en una violación a la garantía de acceso a la justicia consagrada en el artículo 17 constitucional.
Una vez resuelto el recurso de inconformidad por el H. Consejo Consultivo Delegacional del IMSS, en caso de que la resolución sea desfavorable el asegurado o recurrente, debe acudir a las instancias a que se refiere el numeral 295 de la Ley del Seguro Social, toda vez que las controversias entre los asegurados o sus beneficiarios y el Instituto Mexicano del Seguro Social que versen sobre las prestaciones que la Ley del Seguro Social otorga, deberán tramitarse ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, en tanto que las que se presenten entre el Instituto y los patrones y demás sujetos obligados, se tramitarán ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
El Instituto Federal de Defensoría Pública, a través de los Asesores Jurídicos Federales, ofrece el servicio de asesoría jurídica gratuita, para la prestación del servicio, se requiere que el interesado acuda personalmente a solicitarlo y que aporte la documentación relacionada con el asunto planteado, así como una identificación oficial, una vez analizado el caso, se determinará si es procedente la representación jurídica, en este caso, la interposición del Recurso de Inconformidad ante el H. Consejo Consultivo Delegacional del IMSS en Durango, al escrito que contenga el citado recurso se deberán anexar la resolución emitida por el IMSS, así como el acta de notificación de la misma y las pruebas que se ofrezcan.
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