En esta ocasión me permito hacer de su conocimiento que el Instituto Federal de Defensoría Pública puede representarlos ante el Instituto Mexicano del Seguro Social en aquellos casos en los que crea tener derecho a una pensión, como puede ser por riesgo de trabajo, por invalidez o por cesantía en edad avanzada.
Pensión por riesgo de trabajo.- Esta se otorga cuando el trabajador sufre un accidente en ejercicio, o con motivo de trabajo, cualquiera que sea el lugar y el tiempo en que dicho trabajo se preste. También se considerará accidente de trabajo el que se produzca al trasladarse el trabajador, directamente de su domicilio al lugar de trabajo, o de éste a áquel, con las excepciones establecidas en la ley.
Pensión por invalidez.- Esta se otrorga cuando el asegurado se haya imposibilitado para procurarse mediante un trabajo igual, una remuneración superior al cincuenta por ciento de su remuneración habitual percibida durante el último año de trabajo y de esa imposibilidad derive una enfermedad o accidente no profesionales. La declaración de invalidez se realiza por el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Pensión por cesantía en edad avanzada.- Esta se actualiza cuando el asegurado queda privado de trabajos remunerados a partir de los sesenta años de edad y que tenga reconocidas ante el Instituto un mínimo de mil doscientas cotizaciones semanales.
Cuando el trabajador cesante que tenga sesenta años o más y no reúna las semanas de cotización señaladas en el párrafo que antecede, podrá retirar el saldo de su cuenta individual en una sola exhibición o seguir cotizando hasta cubrir las semanas necesarias para que opere su pensión.
Para tener derecho al goce de las prestaciones del seguro por vejez, se requiere que el asegurado haya cumplido sesenta y cinco años de edad y tenga reconocidas por el Instituto un mínimo de mil doscientas cotizaciones semanales.
En caso de que el asegurado tenga sesenta y cinco años o más y no reúna las semanas de cotización señaladas en el párrafo precedente, podrá retirar el saldo de su cuenta individual en una sola exhibición o seguir cotizando hasta cubrir las semanas necesarias para que opere su pensión.
Si usted cree encontrarse dentro de cualquiera de estos supuestos y no le han reconocido sus derechos, lo invito a que acuda a las oficinas del Instituto Federal de Defensoría, ubicadas en Palacio Federal, Ala Norte, Tercer Piso, Ciudad Industrial, donde se le otorgará el servicio gratuitamente para realizar los trámites necesarios. Lleve consigo la documentación relacionada con el asunto (aviso de inscripción ante el IMSS, dictamen médico, recibos de pago, credencial de elector y comprobante de domicilio.