Los jueces mexicanos no deben utilizar las redes sociales para difundir su trabajo, porque hacerlo implica más riesgos que seguridades, de acuerdo con una recomendación de la Comisión Nacional de Ética Judicial que, si bien no es obligatoria, está dirigida a juzgadores de todos los fueros.
La comisión desechó una propuesta presentada por la Secretaría, que avalaba el uso de las redes sociales para que los juzgadores difundieran, incluso, posturas relacionadas con su función, como un acto de ejercicio de la libertad de expresión que debía ceñirse a principios de ética judicial.
Este proyecto, que fue respaldado por los comisionados Juan Silva Meza, presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y Jorge Higuera Corona, magistrado federal, se incluyó en la recomendación como voto de minoría.
La comisión está integrada, además, por un abogado, un académico y un magistrado estatal, quienes votaron por restringir el uso de las redes sociales para difundir el trabajo judicial, aunque aprobaron que los jueces mexicanos puedan intervenir en estos espacios en el plano personal, fuera de su función jurisdiccional.
La recomendación se emitió en respuesta a la consulta sobre el uso de las redes sociales que formuló a la comisión Carlos Alfredo Soto Morales, juez Sexto de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con residencia en Cholula, Puebla.
El impartidor de justicia es un activo usuario de Twitter y tiene el blog "Reflexiones Jurídicas" en la dirección carlossotomorales.blogspot.com, en el que comparte casos, temas e "ideas en torno al derecho constitucional, derecho procesal constitucional, amparo y derecho fiscal", aunque aclara que son "a título personal".
En el blog, cuya primera publicación data del 17 de noviembre de 2009, Soto Morales defendió la utilización de las redes sociales para difundir el trabajo jurisdiccional, por considerar que la transparencia en el Poder Judicial federal es precaria.