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La telebancada cumple su encomienda nuevamente

JESÚS CANTÚ

El pasado jueves 12 de abril diputados de todas fracciones parlamentarias aprobaron por abrumadora mayoría una reforma a la Ley Federal de Radio y Televisión en beneficio de los grandes conglomerados de radio y televisión (particularmente Televisa y TV Azteca), al eximirlos de la obligación de abrir espacios en sus repetidoras para transmitir las pautas publicitarias de los procesos electorales locales.

Dicha disposición representa para las concesionarias una fuente muy importante de ingresos, pues podrán aprovechar los tiempos que antes tenían que dedicar a transmitir promocionales electorales a la transmisión de comerciales pagados por los anunciantes nacionales o locales.

Pero además atenta contra la comunicación en general, pues dejará a una parte importante de la población nacional sin acceso a radio y/o televisión local, lo cual opera en contra de la vida comunitaria y la democracia. Esto es particularmente grave en el caso de comunidades donde las únicas señales que se reciben son las de las cadenas nacionales.

El tema era el motivo principal de la oposición del duopolio televisivo a las reformas al reglamento de radio y televisión que aprobó el Consejo General del Instituto Federal Electoral, en el segundo semestre del año pasado, y que motivó, además de las impugnaciones legales que interpusieron los concesionarios, una serie de ataques mediáticos en contra del Consejo y, particularmente, de algunos consejeros.

Lo que está en disputa no es menor para la vida política y la democracia en una parte importante del territorio nacional, pues es la diferencia entre que los candidatos a puestos de elección popular, en los procesos estatales, puedan acceder o no a sus electores por la vía de las repetidoras de las cadenas nacionales.

En el caso de las elecciones concurrentes (como las 15 entidades que celebran comicios estatales al mismo tiempo que las federales, el 1 de julio de este año) el asunto no tiene que ver con los recursos que perciben o dejan de percibir las concesionarias, sino con quiénes ocuparán los espacios durante el tiempo que corresponde a los promocionales electorales, pues la distribución del tiempo es uno a nivel nacional y otro, en el local, ya que éste se distribuye de conformidad con los resultados de las últimas elecciones en cada uno de los ámbitos, federal o estatal.

Así, en estos momentos en casi en todas las entidades, el PRI y su candidato presidencial Enrique Peña Nieto, reciben más espacio a nivel federal del que recibirían en el ámbito estatal, ya que en los comicios federales de 2009, obtuvieron un mayor porcentaje de votos, del que obtuvieron en las últimas elecciones en cada una de las entidades.

En el caso de procesos electorales no concurrentes con las federales, el asunto sí se traduce en mayores ingresos para las concesionarias locales que tienen más tiempo libre para comercializar. Obvio, el gran perdedor, en ambos casos, es el ciudadano que recibe menos información de sus procesos locales.

Los conglomerados ya habían logrado un punto a su favor, cuando el IFE les permitió a las repetidoras abstenerse de realizar los llamados bloqueos (que es precisamente el bloquear la señal nacional que están retransmitiendo, para introducir contenidos distintos) durante el actual proceso electoral, sin embargo, era un hecho que tendrían que hacerlo a partir del próximo año.

Para asegurarse de no tener nuevamente esa amenaza el duopolio optó mejor por reformar la ley y lo que hicieron, fue introducir un par de artículos donde primero se reconocen las "redes o cadenas", a las que hasta esta reforma no se hacía ninguna alusión en la legislación y, por lo tanto, sólo existían de hecho, pero no de derecho; y segundo, para establecer explícitamente que dichas "redes o cadenas" cumplirían con sus obligaciones con la autoridad electoral simplemente retransmitiendo la señal de la estación de origen.

El nuevo artículo 79-B señala con explícitamente que "se considerará cumplida la obligación de los concesionarios y permisionarios de dichas estaciones al transmitir las pautas, programación o propaganda que las autoridades correspondientes entreguen a la estación que haya sido designada como estación de origen conforme al artículo 49 Bis." El artículo 49 Bis, es el que reconoce la existencia de las "redes o cadenas", entre dos o más estaciones de la misma naturaleza: concesionarios o permisionarios, no mixtos.

Aunque esta reforma no podrá entrar en vigor para este proceso electoral, otra vez las televisoras (y sus personeros en el Congreso) aprovechan los tiempos electorales para impulsar reformas legislativas que dan respaldo legal a los privilegios de los que ya disfrutan las concesionarias de hecho.

Se argumentará que es conveniente reconocer en la ley la existencia de una figura tan extendida como las "redes o cadenas", lo cual es cierto, pero tiene que darse en el marco de una reforma integral a la legislación, que garantice el derecho de la ciudadanía a tener acceso a la información local, es decir, que limite el número de cadenas nacionales en los mercados nacionales y locales, pero que también garantice la existencia de opciones locales. Hay que hacer una redistribución integral del espectro, pues lo que hoy se hace con esta reforma es atentar contra los derechos de los ciudadanos y legalizar los privilegios de los grandes conglomerados televisivos y radiofónicos (10 en el primer caso y 2, en el segundo).

Es responsabilidad de los senadores frenar este atraco perpetrado en la Cámara de Diputados, que además daría al traste con un parte importante de la reforma electoral que ellos mismos aprobaron en el 2007.

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