Lo nuevo. Nuevos requisitos deberán cumplir los comprobantes fiscales a partir del 30 de junio. (Elempresario.mx)
El plazo otorgado para cumplir con los nuevos requisitos para los comprobantes fiscales venció este 30 de junio, por lo que a partir del 1 de julio de 2012 deberá revisarse si ya se está cumpliendo correctamente con esta nueva obligación, ya que a falta de ellos no tendrían validez fiscal respecto a su deducibilidad y su acreditamiento.
En virtud de lo anterior, señalaremos algunos de los cambios importantes, los cuales entre otros, son la de incluir en los comprobantes fiscales la leyenda manifestando el Régimen Fiscal en el que tributen conforme al Impuesto Sobre la Renta, por ejemplo, "Contribuyente del Régimen de las Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales"; "Contribuyente del Régimen de los Ingresos por arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles"; etc. Según sea el caso. Sin embargo, es indispensable revisar la leyenda tal y como aparece en la portal del SAT.
El requisito que antecede es aplicable para los CFDI, CFD y CBB, es decir los comprobantes fiscales digitales, así como para los ya impresos como son los CBB, en cuyo último caso se tendría que sellar o bien mediante cualquier otra forma de impresión que permita cumplir con la obligación. En los casos de las notas de venta, de la misma manera se debe cumplir con la multicitada leyenda.
Así mismo, otro de los requisitos consiste en manifestar la forma en que se realizó el pago de la contraprestación; para estos efectos, en la factura digital o impresa se tendría que señalar si ésta fue pagada en efectivo, transferencia electrónica, cheque nominativo o tarjeta de debito o crédito, o en monederos electrónicos; indicando además los últimos cuatro dígitos del número de la cuenta o de la tarjeta. Si no se conoce la forma de pago al momento de expedir el comprobante se pondrá la leyenda "No identificado".
Por último, recordar, que si los pagos se realizan en parcialidades se deberá expedir un comprobante por cada pago y señalar en la factura origen que el pago se realizara en parcialidades.