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Privilegia TEPJF principio de presunción de inocencia

Notimex

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que ninguna persona puede ser despojada de sus derechos político-electorales mientras no haya una sentencia firme que la condene.

Con ésta premisa revocó una resolución previa de la Sala Regional con sede en Guadalajara, Jalisco, que a su vez había revocado la expedición de constancia de mayoría y validez otorgada a Juana Cevallos Guzmán, candidata da la coalición Compromiso por Jalisco a la Presidencia Municipal de San Martín Hidalgo.

Los magistrados de la Sala Superior que participaron en éste debate coincidieron en que debe prevalecer en todo momento el principio de presunción de inocencia y potenciar el pleno ejercicio de los derechos humanos de todas las personas.

Seis de los siete magistrados que estuvieron presentes en la sesión de este miércoles abordaron el recurso de consideración interpuesto por el PRI en defensa de su candidata triunfadora a la presidencia municipal de San Martín Hidalgo, Juana Cevallos, cuyo triunfo electoral fue revocado por la Sala Regional del propio tribunal.

La razón esgrimida por la sala para revocar la expedición de la constancia de mayoría fue que la candidata triunfadora enfrenta un juicio de inhabilitación por una falta administrativa.

Los magistrados de la Sala Superior, recurriendo a la doctrina más avanzada sobre el tema de las cortes europeas de derechos humanos, determinaron que ninguna persona puede ser despojada de sus derechos mientras no haya una sentencia firme que así lo determine.

En el caso concreto de la candidata de Jalisco hicieron notar que el juicio de inhabilitación aún no ha concluido y existe la posibilidad de que sea absuelta.

Con base en éstas consideraciones determinaron revocar la resolución de la Sala Regional y ordenaron a las autoridades electorales emitir la constancia de mayoría y de validez a su favor en tanto continúa el desahogo del caso.

Este miércoles la Sala Superior resolvió 103 medios de impugnación, muchos de los cuales fueron desechados de plano por no resultar procedentes en términos de ley.

Fue el caso del recurso de reconsideración presentado por el PRD en contra de la sentencia de la Sala Regional en el Distrito Federal que a su vez desecho la demanda de juicio electoral promovida contra el cómputo total de la elección de jefe delegacional en Benito Juárez.

De ésta manera el candidato panista Jorge Romero Herrera no tiene ya ningún impedimento para asumir el cargo de jefe delegacional.

Entre los asuntos resueltos se cuenta también la confirmación del congreso de Yucatán que resolvió no reelegir a los consejeros electorales propietarios del Instituto Electoral Estatal, resolución que había sido impugnada por el PRD.

Además ordenó al Tribunal Estatal Electoral de Sonora sustituir a la magistrada presidenta María Teresa González Saavedra, cuyo puesto debe ser ocupado de manera provisional por Guadalupe Von Ontiveros, con el fin de reparar la omisión del Congreso de integrar conforme a la ley el Tribunal Estatal Electoral.

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