El diputado local del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Israel Betanzos Cortés, propuso crear la Ley de Seguro Neonatal para Padres o Mujeres Madres Solteras en Situación de Pobreza Extrema.
En un comunicado, el legislador la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) señaló que lo anterior se hace necesario ante un modelo económico que concentra la riqueza en unos cuantos y genera un desbordado crecimiento de pobres e indigentes.
Afirmó que la asistencia social es necesaria y positiva, por lo que el PRI continuará impulsando programas que contribuyan a disminuir los efectos negativos que en la población causa ese desequilibrio en la distribución de los recursos.
Betanzos Cortés informó que presentó la iniciativa de decreto que crea la Ley de Seguro Neonatal para Padres o Mujeres Madres Solteras en Situación de Pobreza Extrema para el Distrito Federal.
En esta legislación, dijo, se plantea crear el derecho a recibir apoyo económico diario, no menor a la mitad del salario mínimo vigente en el área geográfica “A”, para el sustento cotidiano de un recién nacido y hasta que cumpla los dos primeros años de edad.
Refirió que los programas sociales promovidos por legisladores y autoridades están asentados en aproximadamente 900 unidades territoriales de alta y muy alta marginalidad.
Sin embargo, a pesar de esa loable política, miles de mujeres madres, casadas o solteras, no reciben un apoyo gubernamental para el cuidado de sus hijos durante ese periodo después del nacimiento.
En el Distrito Federal, detalló, hay casi 10 millones de habitantes, de los cuales, 52 por ciento son mujeres y una tercera parte de esa población ya está en las estadísticas como madre de familia.
Para ser beneficiario o beneficiaria la persona que lo solicite debe ser padre o madre soltera de un menor de dos años al momento de solicitar su inscripción al padrón de beneficiarios del apoyo económico, subrayó.
Además, dijo, en la iniciativa se precisa que el solicitante radique permanentemente en la capital, y deberá tener una antigüedad mínima de tres años de residencia al momento de la solicitud del apoyo y presentar el documento que acredite el parentesco por consanguinidad entre el hijo y la o el solicitante.
Aclaró que las mujeres que sean madres solteras por medio de inseminación o que tengan un hijo por adopción, no podrán ser beneficiadas por esta ley.
La Secretaría de Desarrollo Social se encargará de establecer la normatividad relacionada con el apoyo económico, además de gestionar los recursos presupuestales y el control financiero de los mismos.
También creará y actualizará el padrón de beneficiarias y hacer los estudios necesarios para detectar zonas de alta y muy alta marginalidad.
Además procurará la inclusión al padrón de beneficiarios del apoyo económico a aquellos padres de familia o mujeres madres solteras, en condición de pobreza extrema, concluyó.