En ella se plantea el cobro de una sola tarifa por derechos de expedición de tarjetas de circulación y calcomanías, el cual sería de mil 250 pesos por conceptos de control vehicular de automóviles, camiones, camionetas y aeronaves.
La Comisión de Finanzas de la LIX Legislatura del Congreso del Estado, presentó el Dictamen, para reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de Hacienda del estado para el nuevo cobro del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos a unidades usadas de hasta nueve años de antigüedad.
En ella se plantea el cobro de una sola tarifa por derechos de expedición de tarjetas de circulación y calcomanías, el cual sería de mil 250 pesos por conceptos de control vehicular de automóviles, camiones, camionetas y aeronaves.
Además que se adiciona el Artículo 51-A, que establece con claridad el mecanismo de cálculo del impuesto para evitar confusión entre los contribuyentes, ya que los conceptos de antigüedad y factor de depreciación de los vehículos sean aplicados de forma clara en el cálculo del impuesto.
Además de reformar el inciso 1 de la fracción I del artículo 114, a fin que los contribuyentes de control vehicular paguen por los derechos de expedición de tarjetas de circulación y calcomanía una sola tarifa, sin que se diferencien por el año modelo de los vehículos.
Tratándose de aeronaves usadas de hasta nueve años de antigüedad, el impuesto será la cantidad que resulte de multiplicar el peso máximo incluyendo la carga de la aeronave expresado en toneladas, por la cantidad de siete mil 313 pesos.
Ello, para aeronaves de pistón, turbo hélice y helicópteros y por la cantidad de 7 mil 877 pesos para aeronaves de reacción.