Coahuila Piedras Negras Coahuila Seguridad accidentes viales

Sancionarán a empresas que no entregaron aguinaldo

Venció el plazo. El 20 de diciembre concluyó el plazo para que los trabajadores reciban esta prestación económica.

Venció el plazo. El 20 de diciembre concluyó el plazo para que los trabajadores reciban esta prestación económica.

FABIOLA P. CANEDO

El pasado 20 de diciembre concluyó el plazo que marca la Ley para que los trabajadores reciban su aguinaldo y el incumplimiento de ello por parte de las empresas puede derivar en una sanción económica e incluso puede constituir un delito, señaló Manuel Hernández Rocha, delegado federal de la STPS en Coahuila.

"Esto puede constituir un delito dependiendo las razones por las cuales el empleador o el patrón no pagó el aguinaldo. También puede dar lugar a pena privativa de la libertad y desde luego una sanción económica de hasta 315 veces el salario mínimo para el patrón o empleador", explicó.

Por ello, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) realiza el operativo "Aguinaldos", donde se visita al azar a por lo menos 150 empresas de la entidad, a efecto de corroborar el cumplimiento patronal de este derecho a favor de los trabajadores, sin menoscabo de iniciar inspecciones en aquellos centros de trabajo, motivados por quejas de quienes ahí laboran.

El delegado dijo que los trabajadores que no reciban su aguinaldo o se les otorgue de manera incompleta o tardía, deben denunciarlo ante las autoridades laborales, como la STPS, donde hay asesoría gratuita para que hagan valer este derecho que legalmente les corresponde.

Los servicios de orientación telefónica de la STPS están en los teléfonos: 01-800-71-72-942; 01-800-91-17-877; 844-288-4010; 861-612-3105; 871-713-6979; o bien, por correo electrónico: coah134@stps.gob.-mx; quejasprofedet@stps.-gob.mx

 PRESTACIÓN

La Ley Federal del Trabajo establece que el aguinaldo es una prestación laboral y un derecho irrenunciable que debe ser entregado en un solo pago antes del 20 de diciembre en una cuantía de por lo menos 15 días de salario. Este monto mínimo aplica sin perjuicio de que tengan pactada de manera individual o colectiva, trabajadores y patrones una suma superior.

En el caso de los trabajadores que no cumplieron un año de servicio, independientemente de que se encuentren activos o no, o de que actualmente presenten sus servicios en una empresa distinta, tienen derecho a que se les pague el aguinaldo de manera proporcional al tiempo trabajado.

Todos los trabajadores deben recibir esta prestación anual, tanto los de base, como los de planta, sindicalizados y de confianza. La ley laboral establece que el patrón no puede alegar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades como justificación para no pagar el aguinaldo o reducir su importe.

Los patrones que incumplan con el pago del aguinaldo, lo otorguen incompleto o de manera tardía, se hacen acreedores a una multa de entre 3 a 315 veces el salario mínimo general, lo que equivale a una sanción de hasta 18 mil 843 pesos.

Leer más de Coahuila

Escrito en: Aguinaldos

Comentar esta noticia -

Noticias relacionadas

Siglo Plus

+ Más leídas de Coahuila

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas

Videos más vistos semana

Venció el plazo. El 20 de diciembre concluyó el plazo para que los trabajadores reciban esta prestación económica.

Clasificados

ID: 693762

elsiglo.mx