Por la Web. El SAT recuerda que las declaraciones anuales ya se pueden realizar por Internet.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que las empresas ya podrán realizar la declaración anual de 2011. En su página electrónica enfatizó que el monto máximo para deducir por donativos será de hasta 7% de la utilidad fiscal obtenida por el contribuyente en el ejercicio inmediatamente anterior.
Con ello, si la utilidad fiscal en 2010 fue de 500 mil pesos, el límite para deducción será de 35 mil pesos.
La autoridad difundió que la devolución automática del saldo a favor del Impuesto Sobre la Renta que se determine en la declaración anual 2011 no procede para empresas, ya que sólo aplica para personas físicas.
Los meses de enero, febrero y marzo son los indicados para que las personas morales presenten su declaración anual. En un documento difundido en la página electrónica del SAT, la autoridad planteó que si al término de 2011 las deducciones autorizadas son mayores que los ingresos obtenidos, para efecto del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) se tendrá un crédito fiscal.
El SAT ejemplificó que si en 2011 se obtuvieron ingresos por 2 millones 500 mil pesos, pero las deducciones autorizadas en el año fueron de 3 millones 300 mil pesos, el crédito fiscal se obtiene por una tasa de 17.5%.
Entonces, el contribuyente tendrá un crédito fiscal de 140 mil pesos.