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Secretaría no hace cobros de registro

Aclaran cobro. Secretaría de Economía no realiza cobros del SIEM a comercios, sino las cámaras.

Aclaran cobro. Secretaría de Economía no realiza cobros del SIEM a comercios, sino las cámaras.

CLAUDIA LANDEROS

La subdelegación de la Secretaría de Economía en Gómez Palacio aclara al sector comercial del municipio que el cobro por el registro al Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM) es facultad de las cámaras y no de la misma dependencia, quien únicamente implementó la reglamentación sobre el mismo para que se hiciera a través de dichos organismos.

En el municipio de Gómez Palacio, la Cámara Nacional de Comercio (Canaco) no está habilitada para realizar el cobro del registro al SIEM, debido a que tiene pendiente presentar información y documentación, sin embargo, lo está haciendo hasta el momento el mismo organismo, pero perteneciente a la ciudad de Torreón, lo que ha causado controversia en el sector.

El subdelegado de la Secretaría de Economía en dicho municipio, Fernando Medina de Santiago, indicó que la Canaco de Torreón sí está facultada para hacer el cobro, aunque lo ideal sería que lo realizara la Cámara de Comercio de esta ciudad y aclaró que la dependencia no puede hacerlo en lugar de los organismos.

Señaló que la facultad de la secretaría es la de emitir sanciones dentro de la ley a aquellos negocios que no cuenten con el registro, ya que es una obligación de los mismos.

Por otra parte, la Cámara Nacional de la Industria y la Transformación (Canacintra) sí tiene dicha facultad para cobrar el SIEM en Gómez Palacio y podría hacerlo, incluso en el sector comercial, siempre y cuando los giros de los negocios impliquen generar un valor agregado a lo que se venda.

Esta cámara sí se encuentra habilitada para cobrar a sus agremiados el registro al SIEM, sin embargo, en el ramo del comercio, no puede hacerlo para todo tipo de negocios.

La Secretaría también hace un llamado a la Canaco de Gómez Palacio para que presenten la documentación pertinente y estén al corriente para recibir de nueva cuenta la habilitación, ya que el beneficio del cobro de dicho recurso es beneficio únicamente para el mismo organismo y le corresponde cobrarlo.

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Escrito en: SIEM

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