El Congreso del Estado aprobó tipificar el feminicidio como delito grave, con una penalidad mínima de 30 años de prisión.
En los casos donde exista una relación de matrimonio, concubinato, parentesco, docente, entre otras agravantes, el castigo se elevará a 55 años de reclusión, según establece la legislación.
Las reformas aprobadas por mayoría absoluta al Código Penal del Estado, al Código de Procedimientos Penales y Civiles, fueron recibidas con beneplácito por el Colectivo de Mujeres, entre otras organizaciones que desde hace varios años las impulsaron.