Un juez federal ordenó reparar el daño a una víctima de secuestro con el dinero de la venta de la casa en la que estuvo cautivo, recursos que obtenidos por el Estado mediante la extinción de dominio. El juez Alfonso Javier Flores Padilla, titular del Juzgado Tercero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, especializado en extinción de dominio, fue el responsable de emitir la sentencia, de acuerdo con un comunicado del Consejo de la Judicatura Federal.
Según la Judicatura, esta es la primera víctima de un delito que se beneficia con la aplicación de la Ley Federal de Extinción de Dominio, la cual tiene entre sus objetivos, además de disminuir los recursos con que cuenta la delincuencia, atender al interés y beneficio de la sociedad a través de la utilización de los recursos o bienes extintos.
En marzo se dictó sentencia para extinguir el dominio de una casa, luego que se acreditó que el inmueble sirvió para mantener secuestrada a la víctima y el 19 de junio el juez ordenó que con el producto de la venta de ese bien se pagara a la víctima la reparación del daño, equivalente a la cantidad del rescate.
El juez ordenó al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes exhibir el dinero por la venta de la casa cuyo dominio fue extinguido y estableció que, en caso de ser insuficiente el monto producto de la comercialización del bien, el resto del dinero debe pagarse a la víctima con el dinero que se encuentra a disposición del fideicomiso público creado para la reparación del daño de las víctimas.
La Ley de Extinción de Dominio contempla un fondo a la reparación del daño de las víctimas u ofendidos por los hechos ilícitos ligados con los delitos de la delincuencia organizada, delitos contra la salud, secuestro, robo de vehículos y trata de personas, por los que procede la acción de extinción de dominio.