Qué tal amigos del campo...
El tema que hoy nos ocupa es por demás importante para los médicos veterinarios zootecnistas, los negocios que comercialicen medicamentos de uso veterinario y para los propietarios de animales.
Hoy nos referimos a la norma mexicana NOM-064-ZOO-2000 esta norma es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional y tiene por objeto establecer los criterios técnicos y científicos para la clasificación, prescripción, comercialización, y uso de los ingredientes activos empleados en la formulación de los productos farmacéuticos veterinarios por su nivel de riesgo para evitar que éstos puedan ser nocivos para la salud animal y su posible repercusión a la salud pública.
Los medicamentos a los que nos referimos están categorizados en el grupo I, en este grupo se consideran los psicotrópicos, estupefacientes, anabólicos, hormonales, o aquellos que en algún momento puedan propiciar el uso indebido, el desvíos o el abuso, la venta de estos productos deben realizarse mediante receta médica cuantificada, exclusivamente a médicos veterinarios que cuenten con cédula profesional.
La receta médica cuantificada es un documento auditable para la prescripción de un producto farmacéutico del grupo I elaborada por un médico veterinario, este documento debe contener un folio consecutivo autorizado por la SAGARPA.
La vigilancia de esta norma y su aplicación corresponde a la SAGARPA atreves de la Dirección General de Salud Animal en las delegaciones de cada estado.
Es importante reconocer que atreves de la norma NOM-064-ZOO-2000 se están adoptando buenas prácticas en la prescripción y comercialización de los productos farmacéuticos veterinarios, así como los ingredientes activos en explotaciones pecuarias, clínicas y hospitales veterinarios para que disminuyan los riesgos zoosanitarios, fomenten la producción de alimentos de origen animal, sanos y aumente la productividad de las especies destinadas a consumo humano.
Es interesante saber que mediante esta norma se está fomentando una nueva cultura que permite prescribir, comercializar y utilizar los productos de manera ética. Y que los médicos veterinarios quienes trabajamos como responsables en establecimientos industriales y comerciales que estamos autorizados por la SAGARPA para coadyuvar vigilando la aplicación de esta y otras normas oficiales Mexicanas vigentes aplicables a este tipo de negocios, de tal manera que mediante la asistencia técnica que brindamos lograr que esta normatividad se cumpla cabalmente para garantizar la salud de los animales y por consecuencia la salud pública.
A todos los colegas que cuentan con cédula profesional y aún no han tramitado los folios para las recetas médicas cuantificables pueden dirigirse a la jefatura del programa de salud Animal de la SAGARPA oficina ubicada en la calle Chihuahua #269 Ote. En Cd. Lerdo Dgo. (A un costado del avión de Sarabia) Tel. 175-04-00 ext. 45252 y 45258. Todos los trámites son gratuitos
Si todos cumplimos con nuestra parte estaremos construyendo un México mejor. Hagamos lo que nos corresponde con esmero y amor.
"Comunicar es Servir"
Martharobles59@hotmail.com