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VIDA CAMPIRANA

¿VA A COMPRAR MEDICAMENTOS PARA SUS ANIMALES?

MVZ MARTHA LOURDES ROBLES ARELLANO

Qué tal amigos del campo...

El tema que hoy nos ocupa es por demás importante para los médicos veterinarios zootecnistas, los negocios que comercialicen medicamentos de uso veterinario y para los propietarios de animales.

Hoy nos referimos a la norma mexicana NOM-064-ZOO-2000 esta norma es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional y tiene por objeto establecer los criterios técnicos y científicos para la clasificación, prescripción, comercialización, y uso de los ingredientes activos empleados en la formulación de los productos farmacéuticos veterinarios por su nivel de riesgo para evitar que éstos puedan ser nocivos para la salud animal y su posible repercusión a la salud pública.

Los medicamentos a los que nos referimos están categorizados en el grupo I, en este grupo se consideran los psicotrópicos, estupefacientes, anabólicos, hormonales, o aquellos que en algún momento puedan propiciar el uso indebido, el desvíos o el abuso, la venta de estos productos deben realizarse mediante receta médica cuantificada, exclusivamente a médicos veterinarios que cuenten con cédula profesional.

La receta médica cuantificada es un documento auditable para la prescripción de un producto farmacéutico del grupo I elaborada por un médico veterinario, este documento debe contener un folio consecutivo autorizado por la SAGARPA.

La vigilancia de esta norma y su aplicación corresponde a la SAGARPA atreves de la Dirección General de Salud Animal en las delegaciones de cada estado.

Es importante reconocer que atreves de la norma NOM-064-ZOO-2000 se están adoptando buenas prácticas en la prescripción y comercialización de los productos farmacéuticos veterinarios, así como los ingredientes activos en explotaciones pecuarias, clínicas y hospitales veterinarios para que disminuyan los riesgos zoosanitarios, fomenten la producción de alimentos de origen animal, sanos y aumente la productividad de las especies destinadas a consumo humano.

Es interesante saber que mediante esta norma se está fomentando una nueva cultura que permite prescribir, comercializar y utilizar los productos de manera ética. Y que los médicos veterinarios quienes trabajamos como responsables en establecimientos industriales y comerciales que estamos autorizados por la SAGARPA para coadyuvar vigilando la aplicación de esta y otras normas oficiales Mexicanas vigentes aplicables a este tipo de negocios, de tal manera que mediante la asistencia técnica que brindamos lograr que esta normatividad se cumpla cabalmente para garantizar la salud de los animales y por consecuencia la salud pública.

A todos los colegas que cuentan con cédula profesional y aún no han tramitado los folios para las recetas médicas cuantificables pueden dirigirse a la jefatura del programa de salud Animal de la SAGARPA oficina ubicada en la calle Chihuahua #269 Ote. En Cd. Lerdo Dgo. (A un costado del avión de Sarabia) Tel. 175-04-00 ext. 45252 y 45258. Todos los trámites son gratuitos

Si todos cumplimos con nuestra parte estaremos construyendo un México mejor. Hagamos lo que nos corresponde con esmero y amor.

"Comunicar es Servir"

Martharobles59@hotmail.com

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