Prófugo. El capo Caro Quintero es requerido por las autoridades de Estados Unidos, luego de ser dejado en libertad por las autoridades mexicanas.
Los ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinarán si es procedente que revisen el fallo que concedió la libertad inmediata al narcotraficante Rafael Caro Quintero, luego de que el Alto Tribunal admitió a trámite el recurso que interpuso hace diez días la Procuraduría General de la República (PGR) solicitando su intervención.
Asimismo, admitió otro recurso de revisión que promovieron los familiares del agente estadounidense de la DEA, Enrique Camarena Salazar -secuestrado y asesinado en 1985-, ya que el exlíder del Cártel de Guadalajara purgaba una condena de 40 años de prisión por este crimen al momento de ser excarcelado, y sus deudos también se inconformaron.
El ministro presidente Juan N. Silva Meza acordó ayer martes admitir a trámite ambas peticiones, y determinó que los proyectos sean elaborados por Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, quien deberá analizar si existen elementos que justifiquen que la Corte revise la resolución que emitió un Tribunal Colegiado, que el 7 de agosto pasado ordenó la libertad inmediata del capo por fallas procesales ocurridas 28 años antes.
La decisión podría estar lista antes de que concluya el año, indicaron autoridades del Poder Judicial de la Federación, y dependerá del sentido del proyecto y lo que decidan los ministros, que se proceda a la revisión de las resoluciones.
El 22 de agosto pasado la PGR pidió la intervención de la Corte ya que entre sus argumentos consideró que el fallo del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito en el estado de Jalisco, que concedió el amparo a Caro Quintero, se sustentó en "absurdos e ilógicos razonamientos".
En su recurso de revisión la PGR argumentó que "es insostenible la decisión del Tribunal Colegiado por los absurdos e ilógicos razonamientos de los magistrados José Félix Dávalos Dávalos, Lucio Lira Martínez y Rosa Lía Isabel Moreno, que determinaron que un juez federal no se encontraba facultado para juzgar a Caro Quintero y como consecuencia, un tribunal unitario ordenó su inmediata libertad".
Calificó de infundado que los magistrados determinaran que aún cuando estaba demostrado que Camarena Salazar era agente diplomático del gobierno de Estados Unidos, "los delitos cometidos en su contra que le quitaron la vida no se habían cometido con motivo del ejercicio de sus funciones como miembro de una misión diplomática".
No sólo la PGR se inconformó con esta resolución, los deudos del agente de la DEA, Enrique E. Camarena y Geneva Alvarado Camarena también recurrieron a la SCJN, y su recurso de revisión fue admitido.
La semana pasada la Corte también admitió a trámite la petición de la PGR para que atraiga el expediente del narcotraficante Ernesto Rafael Fonseca Carrillo -coacusado de los mismos delitos que Caro Quintero-, pues el caso está en manos de los mismos magistrados que ampararon al ex líder del cártel de Guadalajara, para impedir que se emita una resolución similar que permita su libertad.
Rafael Caro Quintero, de acuerdo a los expedientes del caso, fue procesado por los delitos de privación ilegal de la libertad en la modalidad de secuestro, homicidio calificado y delitos contra la salud en las modalidades de siembra, cultivo y cosecha y posesión de mariguana con la finalidad de tráfico, así como de asociación delictuosa.