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Advierten castigo a agentes de la PF

Seguridad. Policías federales deberán cumplir proceso de detención.

Seguridad. Policías federales deberán cumplir proceso de detención.

AGENCIAS

Los agentes de la Policía Federal (PF) que no apliquen los protocolos de detención, entre ellos la lectura de la cartilla de derechos a los detenidos, serán castigados con sanciones que van de la amonestación a la remoción, previstas en el reglamento de la ley de la corporación.

Las sanciones se aplicarán de acuerdo con las circunstancias y características de cada caso, anunció la Subsecretaría de Planeación y Protección Institucional de la Secretaría de Gobernación (Segob) en un comunicado.

La dependencia precisó que los más de 37 mil elementos operativos que integran el personal de la corporación desplegado en el país, ya tienen en su poder la cartilla de los derechos que asisten a las personas en detención, que se distribuyó en las áreas administrativas de las seis divisiones de la PF y por conducto de las 32 coordinaciones estatales.

"El uso de este documento forma parte del protocolo que deben seguir los elementos federales al realizar el aseguramiento de un presunto responsable y el contenido debe ser notificado al detenido, con el objeto de que conozca cuáles son sus derechos durante el traslado y presentación ante la autoridad ministerial", destacó la Subsecretaría.

Precisó que, de incumplir con la obligación de leer a los detenidos el contenido del documento, "el elemento federal será sujeto a las medidas correctivas establecidas en los artículos 186 a 196 del Reglamento de la Ley de la Policía Federal, tomando en cuenta las circunstancias y características de cada caso".

El artículo 186 del referido reglamento establece que las sanciones de amonestación, suspensión y remoción serán impuestas mediante resolución formal del Consejo Federal, por infracciones o faltas a las obligaciones y los deberes establecidos en la Ley General, la Ley de la PF y el propio reglamento.

"La aplicación de sanciones que en su caso realice el Consejo Federal se realizará sin perjuicio de las que corresponda aplicar por responsabilidad administrativa, civil o penal", indica.

La suspensión consiste en la interrupción temporal de la relación administrativa, la cual podrá ser de 15 hasta 180 días, período en el que al agente no se le cubrirá su salario.

La remoción es la sanción más grave, implica la terminación de la relación administrativa, por incurrir en irresponsabilidad en el desempeño de sus funciones o incumplimiento de deberes.

La Subsecretaría precisó que, para garantizar el actuar de la PF, se fortalecerá el proceso de capacitación del personal, con énfasis en la aplicación de los procedimientos de investigación y detención de presuntos delincuentes.

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Escrito en: PF

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