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Ampara la Corte a microahorradores

Protegen ahorro. Los ministros de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación por unanimidad ampararon a  pequeños ahorradores.

Protegen ahorro. Los ministros de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación por unanimidad ampararon a pequeños ahorradores.

AGENCIAS

La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación otorgó un amparo por unanimidad en favor de pequeños ahorradores, luego de considerar que el artículo 160, párrafo dos, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, viola sus derechos constitucionales de proporcionalidad y equidad.

Los amparos se concedieron a dos personas físicas que fueron apoyadas por la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon); sin embargo, esta cifra podría aumentar, pues el organismo patrocina 20 casos más con perfil similar. En conferencia de prensa, la titular de la Prodecon, Diana Bernal de Ladrón, expuso que la cuantía de los dos amparos fueron de 21 mil 427 pesos en un caso y de 22 mil 768 en el otro. Además, dijo que hay un amparo pendiente de resolución en la primera sala de la Corte, por una cuantía de 10 mil 397 pesos.

El resultado favorable para estas personas se dio luego de que la Corte reconociera que el impuesto pagado por los pequeños ahorradores, que sólo tienen ingresos anuales por intereses inferiores a 100 mil pesos, resulta desproporcional a su realidad económica.

Y es que según la ombudsman de los contribuyentes, la Ley del ISR no toma en cuenta los efectos de la inflación ni les concede a estas personas el beneficio de acreditar sus retenciones y efectuar deducciones autorizadas.

Bernal de Ladrón comentó que entre los casos que se patrocinan a favor del amparo a esta ley, el más alto pelea una devolución de 50 mil 182 pesos y el de menor rango sólo es por una cuantía de mil 553 pesos. Salvo una contribuyente que es ama de casa, y con 36 años, todos los demás están entre 56 y 88 años de edad. "Es decir, se trata de personas que viven únicamente de las pequeñas rentas que les generan ahorros de toda la vida y no tienen otra fuente de ingresos".

La funcionaria afirmó que los casos defendidos por la Prodecon son más comunes de lo que parece, pues se trata de personas económicamente vulnerables que veían disminuidos sus recursos con el impuesto declarado inconstitucional por la Corte.

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Escrito en: Ley del Impuesto Sobre la Renta

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