Ventajas. El documento permitió a los familiares acceder a prestaciones de ley que tenían las personas presuntamente muertas.
En el 2013 se registró un incremento de casi el 30 por ciento en los trámites de actas de presunción de muerte.
Imelda Flores Morales, directora de la Comisión de Atención a Familiares de Víctimas de la Violencia, precisó que en todo este año se ofrecieron cerca de 800 atenciones individuales y familiares.
Durante el 2013, la dependencia de la Secretaría General de Gobierno registró 128 procesos concluidos y 65 que todavía están abiertos.
"No cualquier persona puede iniciar la presunción de muerte, tiene que estar legitimada; puede ser la esposa, los padres o los hijos del desaparecido. Hay una excepción que es la concubina, pero en ocasiones también hay que legitimarla", detalló Flores Morales al explicar los procedimientos que implica la desaparición de una persona que podría ser considerada muerta.
Hace tres años, el Congreso del Estado aprobó una serie de reformas legales que permitieron realizar el trámite de presunción de muerte de las personas que estuvieran desaparecidas por un plazo mínimo de un año, previa denuncia ante las autoridades correspondientes.
La Comisión de Atención a Familiares de Víctimas de la Violencia tuvo que emprender diversos juicios para que instituciones como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE), el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y las instituciones bancarias aceptaran las actas de presunción de muerte.
Esto implicó hacer válidas las prestaciones que las personas desaparecidas tenían y a las que, con la sentencia de presunción de muerte, pueden acceder las viudas, hijos y padres.
Sin embargo, actualmente la única institución que mantiene la negativa a aceptar ese documento es la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), con la que la Comisión lleva el caso de dos militares que fueron desaparecidos y la institución se rehusa a aprobar los derechos de los elementos bajo el argumento de considerarlos desertores; la respuesta de Ismelda es que los militares no desaparecieron por voluntad propia.