Penas. Los servidores públicos que participen en la desaparición de una persona pueden pasar de 20 a 40 años en prisión.
El delito de desaparición forzada de personas está limitado a cuando lo cometan servidores públicos, pero en el Gobierno de Coahuila está casi lista una iniciativa legal para ampliar el concepto y aplicarlo en contra de particulares, informó el secretario de Gobierno, Armando Luna Canales.
La penalidad que establece el Código Penal va de 20 a 40 años y a partir de la aprobación de la reforma el castigo se aplicará en contra de cualquier persona que ordene o lleve a la práctica la desaparición involuntaria de alguien.
"Como tal, el delito de desaparición forzada está creado para los servidores públicos, fue una figura legal que se creó para castigar a las autoridades que ordenaban o llevaban a cabo la desaparición de alguien, casi siempre por motivos políticos", recordó el funcionario.
"Sin embargo en los últimos años hemos visto que muchas de las personas que son víctima de desaparición forzada fueron privadas de su libertad por parte de particulares y lo que se pretende es que el delito de desaparición forzada también castigue a esos particulares", explicó.
Tras una reunión de evaluación y seguimiento con familiares de desaparecidos y representantes de la organización Fuerzas unidas por nuestros desaparecidos en Coahuila (Fuundec), Luna Canales anticipó que la iniciativa se firmará el martes como parte de los eventos por el Día Internacional de los Derechos Humanos.
También se firmará una iniciativa para incluir en la Constitución Política del Estado el derecho de las personas a no ser víctimas de desaparición forzada y una para crear la Ley Estatal contra la Desaparición de Personas.
Desapariciones forzadas
Las penas se aplican únicamente a los servidores públicos que hayan incurrido en ese delito.
⇒ Se busca que también aplique a los particulares.
⇒ Lo máximo en la pena por este delito son 40 años de cárcel.