Lo nuevo. El Régimen de Incorporación Fiscal arrancará este 1 de enero y con ello tienditas o papelerías podrán sumarse al nuevo sistema.
Buscan con nuevo régimen captar a personas que operan en la informalidad.
A partir del 1 de enero próximo entrará en vigor el Régimen de Incorporación Fiscal para aquellos contribuyentes con poca capacidad económica y administrativa, con el propósito de insertarlos en la formalidad para que cumplan con sus obligaciones tributarias.
Con esta nueva modalidad se espera que personas con negocios como tlapalerías, tortillerías, misceláneas, peluquerías, papelerías o incluso trabajadores con oficios como la plomería, carpintería, taxistas o electricistas pasen a formar parte del nuevo régimen tributario.
Casi seis de cada 10 trabajadores en México se encuentran dentro de la economía informal, por lo que las autoridades hacendarias pretenden regularizarlos a través de este esquema, con el propósito de que tengan los beneficios de las contribuciones fiscales.
Este esquema sustituirá al vigente Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos), y dará un plazo de 10 años para que aquellos que decidan incorporarse cumplan con el pago de sus obligaciones fiscales.
"En el Régimen de Incorporación Fiscal no pagarás todos tus impuestos hasta después de 11 años; puedes asegurar a tus empleados en el Seguro Social y también emitir facturas, lo que permitirá mayores ventas y a clientes más grandes", informó el Servicio de Administración Tributaria (SAT), al detallar las razones del esquema.
De acuerdo con lo aprobado por el Congreso de la Unión, todos los contribuyentes que hoy están en el esquema de Repecos pasan automáticamente al de Incorporación, mientras que quienes no estén en esa modalidad pueden hacerlo a partir del año próximo.
Para quienes estén en el Régimen Intermedio también habrá la opción de pasar al de Incorporación Fiscal, para lo cual sólo será necesario hacer un trámite por internet.
AVISO PARA MIGRAR
El SAT ya envió 3.2 millones de cartas informativas a los Repecos, para avisarles sobre la migración que se realizará en automático al nuevo esquema fiscal.
Todas las personas con actividad empresarial que decidan formar parte del nuevo régimen tendrán como beneficio no pagar el Impuesto Sobre la Renta en el primer año. Para el segundo sólo tendrán que sufragar 10% de ese gravamen; para el tercero sólo 20%, y así sucesivamente cada año se sumará un porcentaje similar hasta llegar a 100% en 10 años, por lo que a partir del onceavo año se tendrá que contribuir por completo el Impuesto Sobre la Renta.
El socio director general de Velderrain Sáenz y Asociados, José Manuel Velderrain, dijo que "la gran ventaja de este esquema es que los pagos que se hagan a las personas físicas en este nuevo régimen son deducibles, a diferencia de los Repecos, donde no tenían ese beneficio". Añadió que a diferencia del beneficio que se prestará para pagar paulatinamente el ISR, en el caso del IVA no habrá ninguna facilidad fiscal, por lo que ese impuesto sí deberá pagarse.
El SAT reconoce que con ese nuevo régimen todas las personas físicas con actividad empresarial tendrán acceso a créditos con mejores condiciones financieras, y la posibilidad de ser proveedores de empresas más grandes y dar servicios adicionales a su negocio.
Crezcamos juntos
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que está disponible en el Portal del SAT el minisitio "Crezcamos Juntos", con información del Régimen de Incorporación Fiscal.
El organismo fiscalizador dio a conocer que adicionalmente se han enviado 3.2 millones de cartas informativas a quienes tributan en el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos), quienes pasarán de manera automática el 1 de enero a este nuevo Régimen de Incorporación Fiscal.
En un comunicado, explicó que el Régimen de Incorporación Fiscal que entra en vigor a partir del 1 de enero de 2014, facilita a los contribuyentes emprender su propio negocio o hacer crecer el que ya tienen.
Indicó que tendrán que inscribirse a este nuevo Régimen los contribuyentes que realicen alguna actividad empresarial, como por ejemplo, tiendas de abarrotes, papelerías, talleres mecánicos, o cualquier pequeño negocio, así como quienes inicien actividades.
Al inscribirse, agregó, tendrán los siguientes beneficios: No pagarán el Impuesto Sobre la Renta el primer año, pagarán 10 por ciento el segundo y cada año se sumará un porcentaje similar hasta llegar a 100 por ciento, en 10 años.
Además, podrán emitir facturas electrónicas y hacer deducibles sus gastos y pagar lo justo, y también tendrán acceso a créditos con mejores condiciones, y a la oportunidad de ser proveedores de empresas más grandes y ofrecer servicios adicionales en su negocio.