Sin descuentos. En el tema del grafiti ningún regidor ni servidor público podrá abogar a favor de las personas que sean sorprendidas.
En Gómez Palacio están completamente descartados los descuentos en las multas para aquellas personas que sean sorprendidas grafiteando el entorno urbano de la ciudad.
Así lo informó el presidente de la Comisión de Prevención del Delito en el Cabildo, Francisco de Santiago Campos, quien agregó que hasta la fecha se ha detenido a siete personas por dañar la imagen urbana, en donde ningún funcionario público ha abogado por su defensa.
En ese sentido, de Santiago señaló que hay "cero tolerancia" contra los delincuentes que se esconden detrás del arte y atentan con rayones el entorno urbano de la ciudad, en tanto se ofrece todo el respaldo y respeto a quienes aprovechan los espacios que les concede la autoridad para plasmar murales en las paredes o muros que pueden ser puentes o alguna otra infraestructura urbana, y a quienes además se les estimula en su actividad a través del Instituto Municipal de la Juventud.
"Una cosa es expresar en un mural y plasmar una idea y otra cosa es delinquir, atentar contra el patrimonio del municipio, de los particulares y contra el patrimonio de la ciudadanía, por lo que habrá cero tolerancia a los grafiteros y además de eso se van a implementar brigadas ciudadanas para vigilar y en su caso denunciar estos ilícitos", comentó el regidor y presidente de la citada comisión.
Comentó que en el caso de las detenciones, el encargado de la cárcel municipal y el juez municipal tienen instrucciones muy precisas de no atender consideraciones de ningún regidor, así como de ningún funcionario municipal cuando se trata de temas del grafiti y así se han respetado dichas instrucciones.
LO QUE MARCA LA LEY
Lo que dice el Bando de Policía y Gobierno en el artículo 261: "Son faltas contra la prestación de servicios públicos municipales, bienes de propiedad pública o privada... I. Rayar, raspar, pintar, realizar grafitis, golpear o maltratar un bien mueble o inmueble del dominio público o privado, sin la autorización de la persona que por Ley pueda otorgarla.
Y las sanciones que contempla el artículo 262 en la fracción V, es de dieciséis a treinta veces el salario mínimo, y en la fracción IX, un arresto hasta por 36 horas.
Y el artículo 264 señala que cuando una infracción se ejecute entre dos o más y no constare la forma en que actuaron, pero sí su participación en el hecho, a cada una se le aplicará la sanción que para la infracción señala el Bando de Policía.
Sanciones sin tolerancia
Contra los grafiteros en Gómez Palacio:
⇒ No habrá tolerancia.
⇒ Serán acreedores a una sanción hasta por 30 salarios mínimos.
⇒ También se contempla un encarcelamiento hasta por 36 horas.
⇒ Ningún servidor público podrá abogar por ellos.