CFF crea incertidumbre
Sin duda, las reformas al CFF le otorgarán mayores facultades a las autoridades fiscales y discrecionalidad, lo que vendrá a crear incertidumbre en los contribuyentes. A continuación
en forma enunciativa mencionaremos algunas de las reformas en esta materia.
Nuevo domicilio fiscal
Se establece que cuando el contribuyente no sea localizado en su domicilio fiscal, se considerará también como domicilio fiscal el manifestado en instituciones financieras o en las sociedades de ahorro y préstamos.
Trámite de la firma electrónica
El trámite de la FIEL de personas físicas no podrá hacerse por medio de representante legal, salvo en los casos establecidos a través de reglas de carácter general que se darán a conocer.
Cancelación de certificados digitales (comprobantes) por parte del SAT
Los casos en que los certificados de sellos digitales quedarán sin efecto son:
• Se omita la presentación de 3 ó más declaraciones periódicas consecutivas ó 6 no consecutivas,
• En procedimiento administrativo no localicen al contribuyente o desaparezca,
• En facultades de comprobación no se localice o desaparezca y que los comprobantes se usen para amparar operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas
Esto traerá como consecuencia que quien haya recibido algún comprobante de éstos, deberá considerar como no deducibles las erogaciones que amparan ese comprobante.
Envío mensual de contabilidad al SAT
Se adiciona como obligación que la contabilidad de la empresa se ingresará mensualmente al SAT de acuerdo con reglas que se darán a conocer en próximas fechas.
Buzón Tributario
A partir del 30 de junio de 2014 para personas morales y 01 de enero de 2015 para personas físicas, entra en proceso el buzón tributario, por medio del cual el SAT estará enviando notificaciones y requerimientos, surtirán efectos cuando el SAT genere el acuse de recibo electrónico donde conste la fecha y hora en que el contribuyente ingresó al buzón y se deberá atender dentro de los tres días siguientes, por lo cual se recomienda que se esté verificando en forma diaria.
Comprobantes fiscales
En cuanto a cambios en comprobantes fiscales, se deberán expedir a quienes se les realicen retenciones de contribuciones, por lo que se entiende que a los empleados de nómina se les deberá expedir un CFDI. Se espera que el SAT emita reglas generales al respecto.
Se adicionan requisitos,entre ellos que se deberá expedir un CFDI para pagos en parcialidades. Art. 29-A.
Responsabilidad de socios y accionistas
Se establece la forma para determinar la responsabilidad solidaria de los socios o accionistas respecto a contribuciones que hubiera causado la sociedad y que el interés fiscal no alcance a ser cubierto con los bienes de la empresa.
Dictamen fiscal
El dictamen se quedaría para los contribuyentes con ingresos superiores de 100 millones de pesos, o activo superior a 79 millones o que tengan más de 300 trabajadores, para los que se deban de presentar en el año 2015, sin embargo, existen negociaciones para que el dictamen aplique para aquellos por arriba de los 35 millones.
Sin duda, el dictamen es una herramienta que beneficia, tanto para los contribuyentes como para el mismo SAT, de mantenerse el límite de los 100 millones para 2015, seguramente quienes se vienen dictaminando optarán por un dictamen financiero con certificación fiscal, para seguir contando con una revisión externa que les de tranquilidad y les permita cumplir con sus obligaciones fiscales sin el pago de multas.
'Venta' de comprobantes fiscales
Cuando un contribuyente "venda" CFD será "boletinado" en el buzón tributario del SAT y en el DOF y el contribuyente afectado también será notificado para que efectúe las aclaraciones correspondientes y en principio las erogaciones realizadas al amparo de esos comprobantes no serán deducibles.
Multas
Se prevé una multa de $ 9,920 a $ 19,840 por no presentar la declaración de operaciones con terceros.( DIOT )
De $ 12,070 a $ 69,000 pesos por no demostrar la existencia de las operaciones amparadas por los comprobantes fiscales emitidos por proveedores, en materia de IVA
Medios de pago de contribuciones
Se incorpora como medio de pago de contribuciones las tarjetas de crédito y débito.
Revisiones Electrónicas
Se establece una nueva modalidad de fiscalización, vía electrónica por medio del buzón tributario.
Publicación de contribuyentes incumplidos
Se establece la facultad del SAT de publicar en internet el nombre, denominación o razón social y clave del RFC de quienes se considere riesgoso realizar operaciones mercantiles, por no estar cumpliendo con sus obligaciones fiscales.
Se considerará como delito de defraudación fiscal
Se establece la facultad del SAT de publicar en internet el nombre, denominación o razón social y clave del RFC de quienes se considere riesgoso realizar operaciones mercantiles, por no estar cumpliendo con sus obligaciones fiscales.
Delitos relacionados con el RFC
Quien modifique o destruya la información contenida en el buzón tributario.
Quien desocupe o desaparezca de su domicilio fiscal, sin presentar el aviso de cambio de domicilio, se entiende que el contribuyente desaparece de su domicilio fiscal cuando las autoridades fiscales acudan tres veces consecutivas en un período de 12 meses y no puedan practicar la diligencia correspondiente.