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Condicionan el cierre de calles

90 POR CIENTO DE LOS COLONOS TIENE QUE ESTAR DE ACUERDO CON EL CIERRE

Reglamento. Tras la aprobación de modificaciones al reglamento, ya no será tan sencillo para los vecinos de una colonia o fraccionamiento disponer el cierre de sus calles.

Reglamento. Tras la aprobación de modificaciones al reglamento, ya no será tan sencillo para los vecinos de una colonia o fraccionamiento disponer el cierre de sus calles.

EL SIGLO DE TORREÓN

En Gómez Palacio ya no se permitirá construir bardas sobre las calles como una medida contra la inseguridad, y si los vecinos pretenden restringir el acceso a sus colonias tendrán que cumplir con una serie de requisitos para obtener una concesión temporal, la cual se renovará cada año, según los índices delictivos.

Por mayoría, el Cabildo autorizó modificar el reglamento con el que se sientan las bases para atender el fenómeno del cierre de vialidades, el cual se elevó en colonias y fraccionamientos a la par del clima de inseguridad en la región.

Se trata de los cambios a los Artículos 65 y 68 del Reglamento de Obras Públicas y Urbanismo, en los que se concentraron todos los aspectos que no estaban regulados. Se tomó la decisión colegiada de ajustar únicamente éste y no todos los reglamentos de las distintas áreas involucradas, como inicialmente se previó.

El área de Seguridad Pública será ahora la encargada de atender las solicitudes para el cierre de calles si el argumento son los robos, asaltos o cualquier otro ilícito que esté afectando a los vecinos; la instancia determinará si es procedente o no con base en los registros estadísticos de delitos de ese sector.

Después remitirá el planteamiento a la Comisión de Urbanismo del Ayuntamiento. En otros casos, será la máxima autoridad, es decir el presidente municipal, quien emita la autorización.

Para hacer la solicitud, los vecinos tendrán que estar constituidos en una sociedad civil de colonos, contar con la aprobación del 90 por ciento de los habitantes y presentar ante la Dirección de Protección Civil una propuesta de accesos y salidas de emergencia.

Además, deberán tener pagado el servicio de agua potable y el Impuesto Predial.

Las calles solamente podrán ser obstruidas con plumas o rejas, mismas que deberán estar supervisadas y a cargo de los vecinos.

Como ya no será un permiso, sino una concesión temporal, ésta tendrá que someterse a un proceso de renovación cada año, el cual procederá en caso de que los índices delictivos de esa colonia aún lo ameriten.

El secretario del Ayuntamiento, Ignacio Aguado Esquivel dijo que el amparo ante la justicia federal de un solo vecino, será suficiente para no autorizar el cierre de una calle si éste se opone, con base en el derecho de libre tránsito que establece la Constitución.

Las modificaciones al reglamento ya fueron enviadas al Congreso del Estado y comenzarán a surtir efecto a partir de que se publiquen en el Periódico Oficial del Estado.

 RETIRO DE BARDAS

En el transcurso de esta administración se levantaron bardas sin la autorización del Cabildo, mismas que tendrán que derribarse si obstruyen el acceso a vialidades principales y generan más afectaciones que beneficios a los colonos.

"Seremos tolerantes y actuaremos sin violentar derechos", dijo Ignacio Aguado, tras señalar que en caso de que dichas bardas no afecten la circulación, podrían mantenerse si los vecinos cumplen con los requisitos.

Detalles

El Cabildo aprobó regular el cierre de calles.

⇒ Será por medio de una concesión temporal.

⇒ Dependerá del índice de delitos del sector.

⇒ Había otras 16 solicitudes pendientes, pero 5 no procedieron.

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