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Confirma TEPJF legalidad de revisión de gastos de campaña en Tabasco

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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la validez de la revisión de los informes sobre el origen, monto y destino de los recursos de las campañas electorales de Tabasco, correspondientes al proceso electoral ordinario 2011-2012.

En la sesión de este miércoles los integrantes de la Sala Superior avalaron por unanimidad el proyecto de sentencia elaborado por el magistrado presidente, José Alejandro Luna Ramos, quien propuso confirmar el veredicto del Tribunal Electoral de Tabasco (TET).

En su momento el órgano jurisdiccional tabasqueño respaldó la legalidad de las decisiones emitidas por el Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana local, respecto a la validez de los informes de la revisión de los gastos de campaña.

El pleno estimó infundados los agravios presentados por Martín Darío Cázarez, representante electoral del Partido Revolucionario Institucional (PRI), quien impugnó la sentencia del tribunal local.

Lo anterior con el argumento de que la autoridad administrativa electoral no razonó si algunos de los partidos políticos que fueron fiscalizados, así como las coaliciones que participaron en el proceso electivo, excedieron el tope de gastos de campaña.

La Sala Superior también desestimó el señalamiento de que no existió una verificación para corroborar si los partidos políticos fiscalizados recibieron aportaciones en especie de personas no facultadas para ello. La sentencia establece que dichos estudios sí se llevaron a cabo.

En otro asunto, la Sala Superior ordenó a la Comisión Nacional de Garantías del Partido de la Revolución Democrática (PRD) resolver la queja presentada por Cristina Leticia Arvizu Reina, candidata a consejera nacional del sol azteca por la planilla 300.

La quejosa se inconformó porque no la incluyeron en la lista definitiva de candidatos al cargo, a pesar de que acreditó cumplir los requisitos establecidos en la convocatoria.

El pleno de la Sala Superior coincidió con el proyecto de sentencia elaborado por el magistrado Constancio Carrasco Daza, en el que se acreditó la omisión de la referida comisión para privilegiar el derecho de acceso a una tutela judicial efectiva de sus militantes.

Por lo anterior, estableció un plazo de 48 horas para que ese órgano partidista interno admita la queja, emita la resolución que en derecho proceda e informe lo resuelto a la interesada.

En otro tema, la Sala Superior revocó parcialmente la resolución emitida por la Comisión de Orden del Consejo Nacional del PAN relacionada con la baja, por depuración, realizada por la Dirección del Registro Nacional de Miembros del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del partido blanquiazul.

Lo anterior de conformidad con el "Programa específico reglamentario, proceso de actualización, refrendo y depuración del padrón de adherentes y miembros activos”.

Al resolver un recurso de impugnación presentado por Salvador Puente Ramírez, miembro activo del Partido Acción Nacional (PAN), el Pleno de la Sala Superior respaldó el proyecto del magistrado Flavio Galván Rivera.

De ahí que acordó remitir el expediente a la Comisión de Vigilancia del Registro Nacional de Miembros de Acción Nacional, para que emita la resolución que en derecho corresponda.

Durante la sesión pública de este miércoles se analizaron y resolvieron ocho juicios para la protección de los derechos político-electorales, un juicio de revisión constitucional electoral, un recurso de apelación y cuatro recursos de reconsideración.

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Escrito en: Tabasco

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