La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las reformas constitucionales de Oaxaca y Guanajuato, aprobadas en 2009, que reconocen, protegen y garantizan el derecho a la vida desde el momento de la fecundación, son válidas.
Los ministros determinaron que las controversias constitucionales 104/2009 y 62/2009 son infundadas.