Utilidad. Los extrabajadores tienen derecho a elegir reparto.
Los ex trabajadores que laboraron por lo menos 60 días en el 2012 en empresas que registraron utilidades, tienen sólo un año para reclamarlas, advirtieron especialistas.
Pedro Javier González, abogado laboral, detalló que ex trabajadores permanentes o eventuales tienen derecho a exigir el pago de sus utilidades, si la empresa en que laboró reportó PTU -Participación de los Trabajadores en las Utilidades-.
El requisito es haber laborado por lo menos 60 días en el ejercicio, es decir, continuos o discontinuos, añadió. "En el caso de las personas morales, que presentaron su declaración en la fecha límite de marzo pasado, estamos hablando que este mes vence la fecha para que hagan reparto a sus trabajadores vigentes", indicó.
Sin embargo, aclaró, que en el caso de ex trabajadores tienen sólo un año para exigir su pago, después de este plazo prescribe su derecho, y esas utilidades deberán ser acumuladas a las del año siguiente. Sergio Tapia, director de Consultores Asociados, detalló que los artículos 121, 122 y 123 de la Ley Federal del Trabajo establecen los derechos de los trabajadores y obligaciones de las empresas, en materia de PTU.
De acuerdo al Artículo 123 de la ley, las utilidades repartibles deberán los patrones dividirla en dos partes: la primera la repartirán por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año.
Y la segunda, la repartirán en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año. González aseguró que ex trabajadores que laboraron durante todo el ejercicio 2012 deben recibir utilidades, bajo los mismos criterios de reparto.