La posible aprobación del derecho de 5 por ciento a las utilidades mineras -una reforma que fue enviada al Senado para su aprobación- violaría la legalidad, proporcionalidad y equidad garantizados en la Constitución, advirtió Reginaldo Montaño, socio de Servicios Legales de Deloitte México.
Explicó que los derechos se definen en el Código Fiscal como una cantidad que debe pagar un particular al Gobierno por recibir de parte del Estados una prestación.
Por lo que cuestionó que en el caso del derecho de 5 por ciento a las utilidades mineras, no ha quedado claro cuál es el servicio que el Estado da a las empresas y por el que pretende gravar a las ganancias. "No cuestionamos la facultad de los legisladores para imponer un derecho, el problema es el cómo lo quieren hacer, porque tradicionalmente los derechos son entendidos como aquella cantidad obligada que debe pagar un particular por recibir a cambio del Gobierno una prestación, como es el caso del derecho aduanero", dijo el experto en temas legales.
Explicó que debido a que la iniciativa pretende gravar con una carga adicional a las mineras que no llevan a cabo obras y trabajos de exploración y explotación durante 2 años, también se estaría violando el principio de equidad, porque no se carga fiscalmente a ningún otro sector por inactividad. "Habría desproporcionalidad porque hoy hay un universo de empresas que no pagan un derecho por inactividad, mientras que a las mineras se les quiere cobrar por inactividad, y uno se preguntaría porque a las demás empresas no se les grava la inactividad", dijo.
En este sentido, la consultora añadió que el derecho de la Ley Minera contraviene el principio de equidad al otorgar un trato distinto a contribuyentes que se encuentran en igualdad de circunstancias, frente a los titulares de concesiones mineras que no lleven a cabo obras y trabajos de exploración y explotación durante un periodo determinado y aquellos que sí lo hacen de forma regular.