Bienes. La Ley incluía a todos los servidores públicos, incluyendo al Presidente de la República y los ministros de la Corte.
Los ministros de la Corte decidieron impedir que se transparenten las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos federales, al validar que éstas sólo pueden difundirse con el consentimiento de los funcionarios.
La mayoría se impuso, con una votación final de ocho votos en contra del proyecto que proponía su publicitación. Ante la decisión, el ministro que elaboró el proyecto, José Ramón Cossío Díaz, criticó la postura y les recordó a sus compañeros que podrían haber encontrado un mecanismo para transparentar las declaraciones patrimoniales de los servidores por un interés público y en un ejercicio de rendición de cuentas.
Indicó que "no se está estableciendo que toda la información tiene que ser confidencial, que tiene que ser cerrada, que tiene que ser indisponible de manera absoluta, sino sólo aquella que tenga la categoría de datos personales…".
A través de un amparo que presentó la organización Fundar, el caso llegó al Alto Tribunal, ya que se le negó una petición de acceso a la información pública gubernamental en la que solicitó datos sobre la declaración patrimonial de los 500 diputados. }
En el proyecto de sentencia, Cossío propuso que se declarara inconstitucional el artículo 40, párrafo tercero de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y que los funcionarios hicieran públicos sus bienes y cuentas bancarias, sin necesidad de su autorización.