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HACIA UNA LEY GENERAL DE PARTIDOS POLÍTICOS

JUAN MARTÍNEZ VELOZ

Está en la mesa del debate político el proyecto de expedir una Ley General de Partidos Políticos. El planteamiento es interesante y novedoso, pero debe tomarse en cuenta a los ciudadanos.

Como un problema estricto de técnica legislativa (ley especial o código) no está muy claro todavía que es lo que se pretende hacer con ello (en ambos casos se trata de leyes reglamentarias de la Constitución); actualmente los aspectos jurídicos de los partidos están regulados en el Código Federal de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales (Libro Segundo, Arts. 22-103) y en los códigos electorales de los estados.

Creemos que más relevante no es la disyuntiva si tenemos ley especial o código electoral en la materia, sino ¿cuáles son los temas nuevos que se pretende regular?

En México, la regulación jurídica de los partidos políticos ha pasado a través de la historia por las siguientes etapas: 1. Prohibición; 2. Reconocimiento indirecto; 3. Constitucionalizaciòn; 4. Expedición de ley reglamentaria.

1.Prohibición. En la primera etapa, durante todo el tiempo del régimen político que antecedió al sistema emanado de la Revolución Mexicana (el Porfiriato, 1876-1911) los partidos políticos fueron prácticamente prohibidos, ya que no había ni condiciones políticas para su existencia.

2.Reconocimiento indirecto. La segunda fase es la que en nuestro país ha tenido mayor vigencia en las leyes electorales de 1911, 1918, 1946, 1951 y 1973.

3.Constitucionalización. La introducción en la Constitución General de la República de los principios generales de la organización de los partidos políticos y de las instituciones electorales sobrevino como consecuencia de la Reforma Política de 1977.

La Constitucionalizaciòn plena de los partidos políticos propiamente dicha en nuestro país obedeció a una razón política de fondo del Estado mexicano; impulsar un sistema pluralista de partidos, ya que el sistema de partido hegemónico que había prevalecido por muchos años recibía severas críticas.

Asimismo, había otros indicadores alarmantes para la legitimidad del sistema político mexicano. En las elecciones federales de 1976, José López Portillo fue candidato único a la presidencia de la república, situación a todas luces contraria a los principios del pluralismo democrático.

Además, algunas organizaciones políticas entonces existentes, como el Partido Comunista Mexicano (PCM), el Partido Revolucionario de los Trabajadores(PRT), el Partido Demócrata Mexicano (PDM) y el Partido Socialista de los Trabajadores (PST) se encontraban fuera de las contiendas electorales, actitud más peligrosa para la estabilidad del régimen y si participaban dentro del juego democrático.

Los índices de abstencionismo electoral resultaban altos en las elecciones nacionales. En 1970 de 23.721,400 electores probables, 9.669,321 (el 40.76%) ciudadanos se abstuvieron de votar. En 1976 de 29.239,000 electores posibles 11.632.288 (el 39.78%) no votaron.

Había también factores externos como la "Guerra Fría" que sostenían Estados Unidos y la Unión Soviética en esa época y el movimiento estudiantil de 1968 frente a lo cual México quería posesionarse como un modelo democrático aceptable para evitar salidas militares como la que se realizó en Chile con el Golpe de Estado en 1973.

4.Expedición de leyes reglamentarias en materia de partidos políticos. A partir de la inserción de los partidos políticos en el texto del artículo 41 constitucional en 1977, se han expedido hasta ahora (2013) tres leyes reglamentarias de los partidos políticos e instituciones electorales mexicanas, a saber: la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales (1977), el Código Federal Electoral (1987) y el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (1990; reformado en 2008).

Creemos que la expedición de una Ley General de Partidos Políticos es relevante para los ciudadanos si se incluyen normas nuevas relativas a; mayor ciudadanización de los partidos; equidad en el financiamiento; favorecer el debate político; limites para los cargos de elección popular a parientes (similar a los impedimentos matrimoniales) en el período inmediato del encargo; topes de gastos de campaña; derechos de los militantes de los partidos; mayor transparencia e información pública; elecciones internas o primarias; entre otros importantes aspectos.

JUANMEX2000

juanmartinez_veloz@yahoo.com

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