Cárceles federales. Parte de esos recursos se destinaba al sostenimiento de los reos dentro de la prisión.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional que el gobierno realice descuentos a los recursos que los reos federales obtienen por su trabajo, para que una parte se destine a su sostenimiento dentro de la prisión; también eliminó de la ley la disposición de que el resto de sus percepciones se distribuya para el pago de reparación del daño o la manutención de sus familias.
Así, el máximo tribunal invalidó el segundo párrafo del artículo 10 de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, que se reformó en enero de 2012, al resolver la controversia constitucional que presentó la CNDH contra dicha legislación.
Los ministros en sus argumentos indicaron que se trata de un tema de dignidad humana, y que los reos tienen derecho a decidir qué hacen con el pago que perciben por su trabajo; además, es obligación del Estado sostenerlos mientras están en la cárcel. La medida surtirá efecto en cuanto se notifique al Congreso de la Unión.
Aunque sólo declararon inconstitucional que a los presos se les quite una parte de sus percepciones para pagar sus gastos de estadía en prisión, también eliminaron la totalidad del párrafo que establece que el resto de lo que reciban por su trabajo se distribuirá: "30% para el sostenimiento de los dependientes económicos del reo, 30% para la constitución del fondo de ahorros de éste, y 10% para los gastos menores del reo".
Será la próxima semana cuando los ministros definan qué pasará con estas disposiciones que fueron eliminadas.
En su fallo, la SCJN declaró la invalidez total del artículo 10, al considerar que "se da un trato inequitativo al permitir la existencia de condiciones diferentes e injustificadas entre los reos (…) sin dejar de tomar en cuenta la obligación de las autoridades penitenciarias a proveer servicios públicos permanentes y adecuados, atención médica, condiciones de esparcimiento, trabajo, educación y estudio, así como alimentación, componentes del mínimo vital de las personas privadas de la libertad".