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Incumple norma el Rastro de GP

ANUNCIAN PROGRAMA PARA EL MANEJO DEL RESIDUO

Falta de control. Pese a que Coprised debe contar con personal permanente, no se detectó que los desechos estaban al aire libre.

Falta de control. Pese a que Coprised debe contar con personal permanente, no se detectó que los desechos estaban al aire libre.

EL SIGLO DE TORREÓN

Ante la falta de vigilancia de las autoridades sanitarias, el Rastro Municipal incumplió la norma oficial mexicana NOM-008-ZOO-1994 que marca las especificaciones zoosanitarias para la construcción y equipamiento de establecimientos para el sacrificio de animales.

La norma establece que: "Los materiales de desecho como contenidos estomacales (contenido ruminal), cerdas, sangre y estiércol de los corrales o corraletas, se eliminarán mediante un sistema aprobado por las autoridades correspondientes, que contemplan el tratamiento que garanticen su inocuidad al ambiente".

Sin embargo, ayer la Comisión para la Protección Contra Riesgo Sanitario del Estado de Durango, anunció a través de un comunicado de prensa que ante la falta de funcionalidad de la planta de tratamiento, se establecerá un programa para el manejo del contenido ruminal, es decir de los desechos, lo que según la norma esto debería estar en operación.

Las normas de salud marcan que el despojo del contenido ruminal es permitido cuando hay una área establecida donde se elabore la composta que sirve como abono, sin embargo, tras la inoperatividad de la planta de las lagunas y el biodigestor, este proceso no se lleva a cabo en el Rastro.

Además, en la guía para el manejo de residuos de rastros y mataderos municipales que publicó la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) en 2007,

Establece que la recuperación y separación de los residuos de manera integral en el Rastro es esencial, primeramente para valorarlos como un subproducto y poderlos utilizar en otras actividades como la elaboración de harinas y alimentos, compostaje o, incluso, generación de energía.

Dice que al separar los residuos se facilita el tratamiento del agua residual que se debe realizar para cumplir con la normatividad en la materia (NOM-001-ECOL-1996 y NOM-002-ECOL-1996) y con ello también evitar la contaminación de cuerpos de agua que abastecen a la población.

Rastro

Sin vigilancia

⇒ La Coprised debe ser la encargada de la vigilancia del Rastro en cuanto al manejo del producto y los desechos.

⇒ Sin embargo, durante varios meses el contenido ruminal, sangre y excremento estuvieron al aire libre.

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Escrito en: Rastro Municipal Gómez Palacio

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