Iniciativa. El Grupo Parlamentario del PAN presentó esta iniciativa para reducir la contaminación.
Los diputados locales aprobaron reformas a la Ley General de Desarrollo Urbano para el Estado de Durango con el objetivo de reducir la contaminación ambiental a consecuencia de las ladrilleras.
En este sentido, se estableció que en los municipios con una población mayor a 50 mil habitantes no se permitirá la instalación de establecimientos o lugares dedicados a la producción de ladrillo en cualquiera de sus modalidades, en un diámetro de 15 kilómetros a la redonda.
Asimismo, en los municipios con una población menor a 50 mil habitantes, no se permitirá su instalación en un diámetro de tres kilómetros.
También se establece que los ayuntamientos deberán adecuar su normatividad y dispondrán de 90 días para lograr la reubicación de las ladrilleras que continúan activas.
La presidenta de la Comisión de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, Marisol Peña Rodríguez, refirió que en el caso del municipio de Durango, el punto cero de referencia será la Central Camionera y en los demás, las cabeceras municipales. Este punto deberá notificarse anualmente al Congreso y la ciudadanía.
Afirmó que en la capital del estado quedan 144 ladrilleras, mismas que tendrán que ser reubicadas o, de no lograrse un convenio, clausuradas, para cumplir con la legislación.
Aclaró que no se está considerando una reubicación al Parque Industrial Ladrillero, ya que este no fue un proyecto viable.
Asimismo, se debe propiciar el uso de medios de locomoción y energéticos que no deterioren la calidad del ambiente.
Esto con base en el artículo tercero de la Constitución Política de Durango que establece que los habitantes tienen derecho a vivir y crecer en un ambiente saludable y equilibrado; y que las autoridades deben desarrollar planes para el combate a la contaminación ambiental.
Parte de la reforma
Aprobaron las reformas a la Ley General de Desarrollo Urbano para el Estado.
⇒ El objetivo es reducir la contaminación ambiental a consecuencia de las ladrilleras.
⇒ En los municipios con una población mayor a 50 mil habitantes no se permitirá la instalación de ladrilleras en un diámetro de 15 kilómetros a la redonda.
⇒ Municipios con menos de 50 mil habitantes, se permitirá su instalación en un diámetro de tres kilómetros.