Si eres pequeño contribuyente, por ejemplo, una tienda de abarrotes, papelerías, talleres mecánicos, estéticas, vendes ropa o alimentos, o cualquier pequeño negocio, debes saber que a partir del 1° de enero de 2014, formas parte del Régimen de Incorporación Fiscal, por lo que tus obligaciones y la forma de cumplir cambian a partir de enero.
En principio, el primer año, no pagarás el Impuesto Sobre la Renta, el segundo año pagarás 10% hasta llegar a un 100%, en 10 años. Por ejemplo, un contribuyente que en 2014 inicia en el Régimen de Incorporación Fiscal no pagará, en el 2015 pagará el 10%, en el 2016 el 20%, en el 2017 el 30% y así sucesivamente. Otro ejemplo, si en 2016 decides iniciar un pequeño negocio no pagarás Impuesto Sobre la Renta por ser el primer año, pero sí en el 2016, un 10%.
Tus pagos serán de manera bimestral, así que enero y febrero del 2014 lo presentarás a más tardar el 17 de marzo, ahora en el portal del SAT, a través de una herramienta fiscal gratuita disponible en www.sat.gob.mx.
También tienes la oportunidad de emitir facturas electrónicas, con lo que puedes: Cobrar con terminales bancarias, acceder a créditos con mejores condiciones, ser proveedor de empresas más grandes y ofrecer servicios adicionales en tu negocio.
Quienes hoy son Repecos (régimen de pequeños contribuyentes), pasarán automáticamente al régimen de incorporación fiscal, mientras que para los contribuyentes del régimen intermedio será una opción pertenecer a este nuevo esquema.
Adicionalmente, el Servicio de Administración Tributaria, SAT, ha enviado 3.2 millones de cartas informativas a los Repecos, quienes pasarán de manera automática el 1 de enero de 2014 a este nuevo régimen, sin trámite alguno.
Para mayor información, está disponible en el Portal del SAT el minisitio "Crezcamos Juntos", www.sat.gob.mx, y nuestro el servicio de atención telefónica 01 800 46 36 728.
L.C. Silvia González Rosas Administradora Local de Servicios al Contribuyente de Torreón