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Ordena SCJN liberación de sacerdote acusado de violación

EL UNIVERSAL

Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por mayoría, ordenaron la inmediata y absoluta libertad de un sacerdote que fue sentenciado por los delitos de violación y homicidio de una alumna del Instituto Salesiano de la ciudad de San Luis Potosí, ya que después de revisar 11 mil fojas que contenía el expediente no encontraron una sola prueba que acreditara su culpabilidad.

El caso data de octubre de 2007, cuando se localizó el cuerpo de la víctima en las instalaciones de la escuela referida; derivado de la investigación se detuvo y procesó al sacerdote José Carlos Contreras Rodríguez, quien en ese momento fungía como director de Primaria del Instituto, quien fue condenado.

Este caso llegó hasta la Primera Sala del Alto Tribunal, que durante 14 meses revisó las constancias que integran el expediente penal, antes de conceder el amparo. El asunto ingresó a la Primera Sala el día 13 de junio de 2012 y desde esa fecha los ministros "tuvieron a su disposición los 8 tomos de la causa penal, los 2 tomos que conformaban las sentencias condenatorias y 7 tomos de anexos. En total, el expediente estaba integrado por casi 11 mil fojas", informó la SCJN.

De acuerdo con el fallo emitido por los ministros, éstos analizaron un total de 218 pruebas, conformadas por 175 declaraciones testimoniales, 35 informes periciales, siete inspecciones oculares y una diligencia para localizar diversos objetos.

A partir del estudio que practicaron de cada una de las constancias del expediente, los integrantes de la Primera Sala concluyeron que "no existía prueba alguna que incriminara en los hechos al señor Contreras, sino meros indicios, los cuales resultaron insuficientes para acreditar su culpabilidad".

Por ello, con una mayoría de cuatro votos, los integrantes de la Primera Sala de la Corte decidieron conceder el amparo, en el que se ordenó la inmediata libertad del sacerdote, "al no ser responsable de los hechos que se le imputaban", con lo que se concluyó la revisión del amparo directo 78/2012.

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Escrito en: jose carlos contreras

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