Atentos. Los contribuyentes deberán revisar las reglas generales que la autoridad fiscal publicó ayer en materia de las disposiciones fiscales que entrarán en vigor este primero de enero de 2014.
La Secretaría de Hacienda publicó la miscelánea fiscal para 2014, que establece las reglas generales dictadas por las autoridades fiscales en materia de impuestos, productos, aprovechamientos, contribuciones de mejoras y derechos federales, excepto los de comercio exterior.
En una resolución, expedirá por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y dada a conocer en el Diario Oficial de la Federación, la dependencia detalla en dos libros y anexo las disposiciones generales que permitan a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones fiscales en forma oportuna y adecuada.
En el libro primero se establecen las disposiciones generales del Código Fiscal de la Federación en materia de medios electrónicos, devoluciones y compensaciones, de la inscripción y de los avisos al Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
De igual forma, prevé los controles volumétricos para gasolina, diesel, gas natural para combustión automotriz y gas licuado de petróleo para combustión automotriz, que se enajene en establecimientos abiertos al público en general y comprobantes fiscales que se emitan.
Establece los lineamientos de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) o Factura Electrónica, de los proveedores de servicios de certificación del documento, su expedición por las ventas realizadas y servicios prestados por personas físicas del sector primario, arrendadores, mineros, enajenantes de vehículos usados y recicladores por los adquirentes de sus bienes o servicios.
Asimismo, de la expedición de CFDI por concepto de nómina y otras retenciones, contabilidad, declaraciones para realizar pagos provisionales, definitivos y del ejercicio de personas físicas, por vía Internet y ventanilla bancaria, además de las facultades de las autoridades fiscales.
La publicación también incluye las disposiciones generales del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en cuanto a los ingresos, deducciones, inversiones, del régimen opcional para grupos de sociedades, de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras, así como de las obligaciones de las obligaciones de las personas morales.
Se refiere además a los ingresos por arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles.
De igual forma, la dependencia menciona que la resolución prevé las disposiciones transitorias de la Ley del ISR y las disposiciones generales de los impuestos al Valor Agregado (IVA) , Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS) y sobre automóviles nuevos.
Respecto al libro segundo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) señala en la resolución que éste consta de las disposiciones generales del Código Fiscal de la Federación en cuanto a la presentación de declaraciones de pagos provisionales y definitivos vía Internet de personas físicas y morales.
Se refiere a los decretos y facilidades de pago de ISR e IVA y condona parcialmente el primero de ellos, que causen las personas dedicadas a las artes plásticas, con obras de su producción.
Establece además aspectos de infracciones y delitos fiscales, acreditación de la calidad de fondo de pensiones y jubilaciones del extranjero y fondo de inversión o persona moral en los que participan dichos fondos.
Incluye también regímenes fiscales preferentes, y el procedimiento para verificar que los vehículos usados fueron utilizados en el servicio público de autotransporte federal de carga o pasajeros.
El documento, en vigor a partir del 1 de enero próximo, consta de 47 artículos transitorios y un anexo que prevé lasa cifras actualizadas de la Ley Federal de Derechos para el próximo año de diversos servicios.
Absorben ETN y TAP pago de IVA
Las empresas de autobuses ETN y TAP anunciaron que no tasladarán a los usuarios el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que deberán pagar a partir del primero de enero, por lo que sus tarifas se mantendrán sin movimientos.
"Nuestra empresa ETN-Turistar continuará cobrando, mientras la situación económica lo permita, aproximadamente los mismos importes vigentes al 31 de diciembre de 2013, procediendo a realizar una baja en nuestros precios y agregando a este monto el 16 por ciento de IVA debidamente desglosado en el boleto para cobrar finalmente casi el mismo importe del 2013", informó ETN en su sitio web.
TAP también publicó un anuncio en su página de Internet, acompañado de 10 ejemplos de rutas, en las que los precios quedan iguales. En la ruta Tijuana-Ciudad Obregón, por ejemplo, dice la empresa que de haber trasladado el IVA al usuario el precio del boleto habría aumentado 169.60 pesos, al pasar de mil 60 a mil 229.60, pero se quedará sin cambios.
En contraste, líneas como Grupo ADO han comenzado a informar a sus pasajeros sobre el aumento de 16 por ciento en el precio de sus servicios, tanto en terminales como en pequeños folletos que acompañan a los boletos. Con la reforma hacendaria, el autotransporte foráneo de pasajeros dejó de estar exento del pago del IVA por sus servicios.