Aval. La reforma fue avalada por la asamblea en lo general por 414 votos a favor, 50 en contra y ocho abstenciones.
La madrugada de ayer en San Lázaro, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y lo particular la reforma de telecomunicaciones.
Luego de una sesión de 17 horas, el pleno votó la última reserva en contra con lo que se concretó la reforma que permite combatir a los monopolios y generar mayor competencia en el ramo.
La minuta fue enviada al Senado de la República, que fungirá como cámara revisora. En caso que los senadores la aprueben, tendrá que ir todavía a los congresos locales para obtener el aval como mínimo de 16, es decir, de la mitad más uno.
Antes, la reforma fue avalada por la asamblea en lo general por 414 votos a favor, 50 en contra y ocho abstenciones.
Aspectos como la licitación de al menos dos concesiones de cadenas de televisión abierta, y una del Estado; la desaparición de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel), para dar paso al Instituto de las Telecomunicaciones (Ifetel) y la Comisión Federal de Competencia (CFE) como órganos autónomos y con más dientes para combatir monopolios, y nuevas reglas para generar competencia en el mercado de televisión restringida, se mantuvieron en la reforma.
Entre los ajustes destaca la acotación al esquema regulatorio conocido como must carry y must offer.
RETRANSMISIÓN OBLIGATORIA Como parte del acuerdo entre los legisladores se avaló que en el must carry, en materia de televisión satelital o DTH, los concesionarios como Dish y Sky solamente deberán retransmitir de manera obligatoria las señales de televisión abierta cuando tengan una cobertura geográfica de 50% o más dentro del territorio nacional.
Se acordó además que el Ifetel sancione con la revocación de la concesión a los operadores preponderantes que se beneficien directa o indirectamente de la regla de gratuidad a través de otros concesionarios, sin perjuicio del pago de las contraprestaciones.
Este apartado podría afectar a actores económicos como Dish y su alianza con Teléfonos de México (Telmex) en caso de que ambos competidores se pusieran de acuerdo para la transmisión de señales de terceros, a través de sus redes.
En materia de publicidad, el dictamen mantuvo que los concesionarios que presten servicios de televisión restringida están obligados a retransmitir la señal de televisión abierta de manera gratuita, incluida la publicidad, dentro de la misma zona de cobertura geográfica de forma íntegra. En este rubro no incluirán un costo adicional al usuario.
En must offer en el dictamen se mantuvo que empresas como Televisa y TV Azteca estén obligadas a permitir a los concesionarios de televisión restringida la retransmisión de su señal de manera gratuita, incluida la publicidad, y no discriminatoria, dentro de la misma zona de cobertura geográfica de manera íntegra, simultánea y sin modificaciones.
Los legisladores también adicionaron parámetros para determinar la preponderancia de los concesionarios, medido en número de suscriptores, audiencia, por el tráfico de sus redes, o por la capacidad utilizada de las mismas, según información que proporcione el Ifetel.
CONDICIONAN IP FORÁNEA EN RADIO La reforma avalada admite hasta cien por ciento de inversión extranjera en el sector telecomunicaciones y de comunicación vía satélite; sin embargo, los diputados consensuaron adicionar una cláusula de reciprocidad para que México permita inversión extranjera en radiodifusión, hasta en 49%, pero en el mismo porcentaje que avale la otra nación.
También modificaron la iniciativa original en torno a la facultad que le daban al Ejecutivo de emitir una opinión "no vinculante" para revocar u otorgar concesiones, lo que ahora tendrá que hacer la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
A detalle
¿Qué fue aprobado tal y como estaba en el dictamen original?
⇒ Se establece que la inversión extranjera en telecomunicaciones pase de 49 a 100%. Telecomunicaciones se refiere a servicios de telefonía fija, celular, Internet y televisión restringida.
⇒ Creación de órganos constitucionales autónomos, a la Comisión Federal de Competencia Económica (CFCE) y al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), los cuales serán independientes en sus decisiones y funcionamiento, ejercerán su presupuesto de forma autónoma, emitirán su propio estatuto orgánico y podrán emitir disposiciones administrativas de carácter general. Estos organismos estarán integrados por siete comisionados, incluyendo el comisionado presidente, con una duración de 9 años sin posibilidad de reelección, designados en forma escalonada a propuesta del Ejecutivo Federal con la ratificación del Senado, previa evaluación de los aspirantes que realice un Comité integrado por los titulares de Banxico, INEE e Iinegi.
⇒ Facultades de la CFCE: ordenar medidas para eliminar las barreras a la competencia y la libre concurrencia, prevenir y evitar monopolios, prácticas monopólicas o concentraciones; regular el acceso a insumos esenciales, y ordenar la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones de los agentes económicos, en las proporciones necesarias para eliminar efectos anticompetitivos.
⇒ Facultades del IFT: podrá regular, promover y supervisar la radiodifusión y las telecomunicaciones; otorgar y revocar de concesiones en materia de radiodifusión y telecomunicaciones (previa opinión no vinculante del Ejecutivo Federal); sancionar a los concesionarios; ser la autoridad en materia de competencia económica de los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones, por lo que podrá regular de forma asimétrica a los participantes en estos mercados con el objeto de eliminar eficazmente las barreras a la competencia y la libre concurrencia e imponer límites a la concentración nacional y regional de frecuencias, al concesionamiento y a la propiedad cruzada de varios medios de comunicación que sirvan a un mismo mercado o zona de cobertura geográfica y ordenar la desincorporación de activos, derechos o partes necesarias para asegurar el cumplimiento de estos límites.
⇒ Las concesiones en materia de radiodifusión y telecomunicaciones podrán ser para uso comercial, público, social y privado, serán otorgadas mediante licitación pública y asegurando el menor precio de los servicios al usuario final. En ningún caso el factor determinante para definir al ganador de la licitación será meramente económico. Las concesiones a instituciones y entes públicos se otorgarán bajo el mecanismo de asignación directa.
⇒ La ley establecerá un esquema efectivo de sanciones que señale como causal de revocación del título de concesión, entre otras, el incumplimiento de las resoluciones que hayan quedado firmes en casos de conductas vinculadas con prácticas monopólicas.
⇒ Establecerá los mecanismos para homologar el régimen de permisos y concesiones de radiodifusión y que las concesiones serán únicas, de forma que los concesionarios puedan prestar todo tipo de servicios a través de sus redes siempre que cumplan con las obligaciones y contraprestaciones que les imponga el IFT.
⇒ En los 180 días siguientes a la publicación del Decreto, el Congreso de la Unión deberá: Establecer tipos penales especiales que castiguen severamente prácticas monopólicas y fenómenos de concentración; regular el organismo público con autonomía técnica, que tendrá por objeto proveer el servicio de radiodifusión sin fines de lucro; regular el derecho de réplica; establecer la prohibición de difundir publicidad engañosa o subrepticia; establecer los mecanismos que aseguren la promoción de la producción nacional independiente; y expedir un solo ordenamiento legal que regule de manera convergente el uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes de telecomunicaciones, así como la prestación de servicios de radiodifusión y telecomunicaciones.
⇒ En un plazo no mayor a 180 días naturales, expedir las bases y convocatorias para licitar nuevas concesiones de frecuencias de televisión radiodifundida que deberán ser agrupadas a efecto de formar por lo menos dos nuevas cadenas de televisión con cobertura nacional.