Un tribunal colegiado ordenó al Ministerio Público de la Federación de la Unidad Especializada en Investigación Especializada en Delincuencia Organizada, dejar insubsistente un acuerdo que niega la devolución de una casa vinculada a la investigación del homicidio de 24 personas en la zona de La Marquesa en 2008.
En 2010 el Primer Tribunal Unitario del Tercer Circuito revocó el auto de formal prisión y concedió el auto de libertad por los delitos contra la salud y homicidio respecto de los principales acusados, Raúl Villa Ortega y Antonio Ramírez Cervantes, quienes fueron vinculados al cártel de Sinaloa.
En el caso del inmueble asegurado en la averiguación previa, PGR/SIEDO/UEIDCS/302/2008, ubicado en el lote 36, manzana IX, tercera sección del fraccionamiento la Herradura, colonia la Herradura, municipio de Huixquilucan, Estado de México, la quejosa interpuso el recurso de amparo contra la negativa de la PGR de devolver el inmueble.
En este caso, el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito resolvió revocar la sentencia del juzgado 11 de distrito de amparo en materia penal, quien le negó la protección de la justicia federal y concedió el amparo a la quejosa.
En el juicio de amparo 329/2011 se establece que el acto reclamado por el que se otorgó la protección constitucional a la parte quejosa consistió en el acuerdo de 31 de enero de 2012, en el que se le negó la devolución del inmueble asegurado en la indagatoria de origen.
La resolución fue para el efecto de que el fiscal responsable debe declarar insubsistente el acuerdo dictado en la fecha referida en la averiguación previa PGR/SIEDO/UEIDCS/302/2008 y en su lugar conforme a sus atribuciones y facultades debe proveer lo que en derecho corresponda respecto de lo solicitado por la quejosa.
De esta forma, el juzgado 11 de distrito de amparo en materia penal requirió al Ministerio Público de la Unidad Especializada en Investigación Especializada en Delincuencia Organizada de la Procuraduría General de la República (PGR) para que cumpliera con la sentencia de amparo dictada por el tribunal de alzada.