Reforma. A pesar de que se le pusieron límites a la deducibilidad, los donativos y las colegiaturas no entrarán en la nueva norma.
Aunque en la nueva Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) se establecieron límites a las deducciones personales en la declaración anual, las colegiaturas y los donativos no entrarán en esa nueva norma.
A partir del próximo año, las deducciones personales estarán limitadas a 4 salarios mínimos de la zona geográfica del contribuyente ó 10 por ciento de sus ingresos, lo que resulte menor, según el artículo 151 de la Ley.
El contribuyente podrá incluir en ese monto gastos médicos, funerarios, pago de seguros y todo lo que alcance a meter, pero no debe preocuparse por colegiaturas y donativos porque se podrán deducir por separado.
Luis Videgaray, secretario de Hacienda, confirmó en entrevista telefónica al cierre de la semana pasada, que en los nuevos límites de deducciones no entraron colegiaturas y donativos, los cuales podrán deducirse como hasta ahora.
Sin embargo, no todo quedó establecido en la Ley del ISR, por algunas cuestiones técnicas.
En el caso de donativos, su excepción quedó dentro de la misma Ley del ISR aprobada por el legislativo. Y en cuanto a colegiaturas, Miguel Messmacher, subsecretario de ingresos, recordó que su deducibilidad se estableció en un decreto presidencial, pero por técnica jurídica se puede extender el beneficio señalado y serán deducibles como hasta ahora.