Nuevo. La Comisión de Gobernación aprobó el proyecto de Reglamento de Plazas y Mercados que regula el ambulantaje y tianguis.
Luego de 30 años habrá en Torreón un nuevo Reglamento de Plazas y Mercados.
Se incluye la normatividad para los vendedores ambulantes, fijos, semifijos, así como los tianguis y la figura de un Consejo Consultivo que se integrará con el fin de diagnosticar y analizar el funcionamiento de estos últimos, que suman 27 en la ciudad.
De acuerdo con el proyecto de Reglamento, los permisos que se emitan deberán contener la identificación del autorizado, los horarios de apertura, giro comercial, así como delimitación del espacio donde venda, ya sea en tianguis, en mercados públicos o en la vía pública.
Todos los permisos que expida Plazas y Mercados, deberán ser autorizados previamente por el Cabildo y de acuerdo con el dictamen de la Comisión de regidores que corresponda.
A partir de la entrada en vigor de este Reglamento, quedará prohibida la expedición de más permisos para paseos públicos como el Bosque Venustiano Carranza, Alameda Zaragoza, Paseo Colón, Bosque Urbano, Plaza de Armas y en el exterior de clínicas y unidades hospitalarias de cualquier clase en toda la ciudad.
No se emitirán permisos para el primer cuadro de la ciudad, considerado desde la calzada Colón hasta la calle Múzquiz y de bulevar Independencia al Revolución.
No se permitirán la cesión de derechos sobre los permisos autorizados, sin contar con autorización de la Dirección de Plazas y Mercados y aplicará únicamente en los casos de incapacidad o vejez.
Para estos casos, el trámite deberá realizarse ante un Notario Público y sin costo alguno para el solicitante, de parte de la autoridad municipal.
En el nuevo Reglamento, se da a conocer que las dimensiones para los puestos fijos en la vía pública, no deberá exceder de 1.60 metros por 2.50 metros. La altura no deberá exceder de 2.50 metros.
Por lo que respecta a los puestos semifijos, el tamaño no deberá ser superior a los dos metros de largo por uno de ancho y altura de dos metros.
A diferencia de los primeros, los semifijos son estructuras que deben retirarse e instalarse durante los días en que laboren.
El horario de funcionamiento en ambos casos es de 8 de la mañana a las 20:00 horas.
Una de las exigencias del Reglamento es que el comercio ambulante, no deje la basura en la calle y mantenga sus instalaciones limpias.
Disposiciones
En proyecto de Reglamento de Plazas y Mercados.
⇒ Regular el comercio ambulante móvil.
⇒ Comercio fijo y semifijo, así como los tianguis y sus características.
⇒ Horarios.
⇒ No se podrán ceder permisos.