La Procuraduría de la Defensa del Trabajo informó que de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, los patrones tendrán como máximo hasta el día 20 de diciembre para realizar la entrega de los aguinaldos a los trabajadores.
El titular de la dependencia, Carlos Alberto Woo Ibarra, dijo que como mínimo son quince días los que se deben de entregar.
Añadió que a partir del 21, a todo aquel trabajador que no se le haya pagado la prestación, puede presentar su demanda en la seis oficinas de la Procuraduría del Trabajo que se tienen en la entidad.
Explicó que en los casos en donde el trabajador no haya cumplido el año de servicio, este incentivo deberá ser proporcional al tiempo en que haya laborado durante el año.
“Está prohibido que este recurso se dé en dos o tres pagos; se canjee por mercancía o por algún servicio que brinda la empresa”, añadió.